Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Sala G, 19 de Octubre de 2015, expediente CIV 020516/2015/CA001

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2015
EmisorSala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G 20516/2015.- G. SA c/ CONS DE PROP AV F. A. 3029 s/DENUNCIA DE DAÑO TEMIDO Buenos Aires, de octubre de 2015.-

AUTOS Y VISTOS:

  1. Por recibido, según nota de fs. 233vta.-

  2. En atención a la calidad, extensión y mérito de la labor profesional desarrollada, hasta la renuncia de fs. 161; conforme lo establecido por los arts. 6, 48 y conc. de la ley 21.839 y la ley 24.432, se reducen los honorarios provisorios fijados a fs. 200 en favor de quien actuó como letrado patrocinante de la actora, a la suma de MIL QUINIENTOS PESOS ($ 1.500), los que deberán ser abonados en el plazo de diez días corridos. Sin perjuicio del reajuste que pudiere corresponder, en el momento procesal oportuno.

  3. Regístrese y notifíquese electrónicamente al letrado beneficiario de la regulación y a la actora, al domicilio indicado a fs.

228. Una vez cumplido con lo...

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