Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 18 de Agosto de 2016, expediente CFP 006710/2015/9/CA004

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2016
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 6710/2015/9/CA4 CCCF – Sala I CFP 6710/15/9/CA4 “G.M.M.M. y otros s/procesamiento con prisión preventiva y embargo”

Juzgado N° 11 – Secretaría N° 22 Buenos Aires, 18 de Agosto de 2016.-

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las actuaciones a consideración de este Tribunal en virtud de los recursos de apelación articulados por la Dra.

    P.M., titular de la Defensoría Pública Oficial en lo Criminal y Correccional Federal nro.3, en representación de G.M.M.M., P.H.A.D. y C.F.E.

  2. contra la resolución obrante a fojas 1/15, por la cual se resolvió

    decretar el procesamiento con prisión preventiva de los nombrados por encontrarlos coautores del delito de comercialización de estupefacientes agravado por haber sido cometido por tres o más personas -artículos 5, inc. “c” y 11 “c” de la ley 23.737-.

  3. Agravios.

    En primer lugar, la Dra. M. cuestionó la participación que el magistrado de grado le atribuyó a C.F.E.

  4. respecto al hecho investigado, toda vez que en una sola tarea de campo se observó a P.H.A.D. ingresar al local donde trabaja C.F.E.I., pasar detrás del mostrador, tomar un elemento de la caja y luego efectuar un intercambio con un transeunte. (fs. 415 del expediente principal)

    En este sentido, la letrada puso de manifiesto que el cuadro probatorio obrante en autos carecía de elementos suficientes capaces sostener respecto de C.F.E.

  5. la imputación referida a la comercialización de estupefacientes, así como la supuesta vinculación de éste con una organización dedicada al narcotráfico.

    Con ese norte la defensora también señaló que, del cuadro probatorio recabado en autos no se vislumbra que sus defendidos Fecha de firma: 18/08/2016 Firmado por: J.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.R.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.M.C.J., PROSECRETARIA DE CAMARA #28736007#159840301#20160818143650539 hubieran actuado juntos ni en consonancia con las otras dos personas prófugas –Y. y H.A.J.R.- con un acuerdo previo en torno a uno o varios hechos de comercio de estupefacientes, motivo por el cual solicitó que se revoque la agravante dispuesta sobre sus asistidos.

    Por otra parte, la apelante cuestionó la prisión preventiva que pesa sobre sus ahijados procesales, alegando que toda vez que ante la ausencia de riesgos procesales la sujeción al proceso de los encartados podría ser asegurada por un medio menos lesivo.

    Ello, en virtud de que todos se encuentran debidamente identificados, poseen arraigo familiar y tienen domicilio debidamente acreditado en autos.

    En este orden de cosas destacó, que el hecho de que aún reste dar con el paradero de dos personas, no hace más que construir una arbitraria valoración de los riesgos mediante el cual el a quo pretende autorizar que sus asistidos permanezcan detenidos indefinidamente.

    En virtud de lo expuesto, la defensa solicitó la revisión de la razonabilidad del encierro cautelar que pesa sobre ellos y en consecuencia se disponga la inmediata libertad de sus pupilos.

    Por último, cuestionó el monto del embargo fijado por entender que resulta excesivo y arbitrario.

  6. Luego de la compulsa de las actuaciones principales el Tribunal habrá de adentrarse en el análisis de las situaciones procesales de los encartados.

    1. Situación procesal de G.M.M.M. y P.H.A.D.

    Previo a abocarnos al análisis de la situación procesal de G.M.M.M. y P.H.A.D., es oportuno recordar que el argumento central de su defensa se radicó en la ausencia de elementos que justifiquen la organización que supuestamente los unía a los imputados entre sí y con otros dos integrantes cuya detención estaría pendiente aún.

    Ahora bien, lejos de lo que la defensa entienden al fundar su crítica recursiva, el magistrado de la anterior instancia tuvo en Fecha de firma: 18/08/2016 Firmado por: J.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.R.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.M.C.J., PROSECRETARIA DE CAMARA...

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