Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I, 2 de Julio de 2019, expediente FCB 019552/2018/CA001

Fecha de Resolución 2 de Julio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA CIVIL I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS : “G., M C c/ MEDICINA PREPAGA MEDIFE – LEYES ESPECIALES (diabetes, cáncer, fertilidad)”

doba, dos de julio del año dos mil diecinueve.-

Y VISTOS :

Estos autos caratulados: “G., M C c/ MEDICINA PREPAGA MEDIFE – LEYES ESPECIALES (diabetes, cáncer, fertilidad)” (Expte.

N° 19552/2018), en los que la parte demandada interpone recurso de apelación, en contra de la Sentencia dictada por el señor J. Federal Nº 3 de Córdoba, que en lo pertinente dispuso: “Córdoba, 10 de mayo de 2019… RESUELVO : 1.) Hacer lugar a la acción de amparo entablada por la Sra. G., M C, en contra de la MEDIFE A.C., en consecuencia ordenar a ésta que provea a la nombrada la cobertura del 100% de la Cirugía de By Pass Gástrico Laparoscópico, medicamentos e insumos y estudios que tal intervención requiera, a realizarse en el Hospital Privado Centro Médico de Córdoba, todo ello según prescripción de los médicos tratantes… FDO.: M.H.V.N. JUEZ FEDERAL”.-

Y CONSIDERANDO :

  1. Llegan los presentes autos a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación jurídica de la parte demandada, en contra de la Sentencia dictada por el J. Federal Nº 3 de Córdoba, cuya parte resolutiva fue transcripta precedentemente (fs. 800/809vta.).-

  2. Cabe señalar como primer medida, que el presente amparo fue interpuesto con fecha 23.03.2018 por la señora G.,M., con el patrocinio letrado del doctor L.E.C., en contra de la Empresa de Medicina Prepaga MEDIFE, persiguiendo la cobertura de modo integral y completo del tratamiento quirúrgico denominado bypass gástrico laparoscópico, en su prestador Hospital Privado Universitario de Córdoba, incluyendo la asistencia, hospitalización, pago de medicamentos y todo lo necesario; por causa de padecer de Hiperreactividad Bronquial, Tos Crónica Severa Refractaria, Síndrome de Fecha de firma: 02/07/2019 Alta en sistema: 03/07/2019 Firmado por: G.S.M., Firmado por: I.M.V.F., Firmado por: M.V., SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: EDUARDO AVALOS #31496247#238231317#20190703085306002 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS : “G., M C c/ MEDICINA PREPAGA MEDIFE – LEYES ESPECIALES (diabetes, cáncer, fertilidad)”

    Apnea Obstructiva del Sueño de grado severo asociado a Hipoxemia Nocturna (SAOS) severa con necesidad de uso de dispositivo de presión positiva continua a nivel de la vía aérea (CPAP), sintomatología producida por Enfermedad por Reflujo Gastro Esofágico (ERGE) refractario al tratamiento médico de higiene dietario, asociado a un diagnóstico de Obesidad Grado I y Hernia de Hiatoa, DSLP e Hiperglucemia. En respaldo a su reclamo, acompañó prueba documental e informativa, solicitó el dictado de medida cautelar, fundó en derecho su pretensión y citó jurisprudencia afín al presente amparo (fs. 101/126).-

    Previo a dar trámite a la acción, el J. de grado requirió a la actora su obligación de ingresar al sistema lex 100 copias digitales de toda la documental acompañada (fs. 127), exigencia seguidamente cumplimentada, por lo que el J. de grado mediante decreto del 10.04.18 dio por iniciada la acción de amparo, disponiendo su trámite conforme a la Ley 16.986 y requiriendo a la demandada produzca informe conforme al art. 8 de dicha norma, a lo cual supedita el dictado de la medida cautelar (fs. 128).-

    Luego de ello, compareció el apoderado de MEDIFE ASOCIACION CIVIL, doctor A.G., y presenta informe del art. 8 de la Ley 16.986. (fs. 134/146vta.).-

    A fs. 157/158 el letrado de la amparista denuncia hecho nuevo adjuntando pedido de internación por cirugía, luego ratificado por la accionante (fs. 160/160vta.), solicitando asimismo apertura a prueba y se fije fecha y hora de audiencias testimoniales, con la urgencia del caso (fs. 163).-

    Con posterioridad, el Inferior proveer las pruebas ofrecidas por las partes (fs. 164/164vta.), incorpora copia autenticada de Historia Clínica de la actora (fs. 184/722) y dictamen pericial psiquiátrico oficial (fs.

    731/744).-

    Fecha de firma: 02/07/2019 Alta en sistema: 03/07/2019 Firmado por: G.S.M., Firmado por: I.M.V.F., Firmado por: M.V., SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: EDUARDO AVALOS #31496247#238231317#20190703085306002 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS : “G., M C c/ MEDICINA PREPAGA MEDIFE – LEYES ESPECIALES (diabetes, cáncer, fertilidad)”

    Mediante presentación de fs. 757/759 la amparista reitera solicitud de cautelar, la que es rechazada por el Inferior a fs. 760.-

    Con fecha 15.11.18 se receptan las testimoniales ofrecidas como prueba por las partes (fs. 773/777vta.).-

    A fs. 779/782 la accionante solicita nuevamente se ordene cautelar (fs. 779/782).-

    Asimismo obra agregado Informe Médico Forense a fs. 789 de las presentes actuaciones.-

    Seguidamente, la amparista solicita pasen los autos a fallo, a lo cual el J. de grado ordena previamente la intervención de la Sra.

    Fiscal Federal (fs. 794) quien evacua la vista corrida, y se ordena pasen los autos a despacho para resolver (fs. 796).-

    Finalmente, mediante Sentencia dictada con fecha 10 de mayo de 2019, el J. de primera instancia hizo lugar a la acción de amparo entablada por la señora G., M C e impuso las costas a la parte demandada (fs.

    800/809vta.).-

    Contra dicho decisorio interpuso recurso de apelación el apoderado de la parte demandada (fs. 810/813), siendo concedido el mismo en ambos efectos por el Inferior (fs. 814) y contestado el traslado por la actora a fs.

    815/819.-

    Radicados los autos en esta Alzada, se ordena correr vista al Sr. Fiscal con fecha 10.06.19, quien manifiesta que nada tiene que Fecha de firma: 02/07/2019 Alta en sistema: 03/07/2019 Firmado por: G.S.M., Firmado por: I.M.V.F., Firmado por: M.V., SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: EDUARDO AVALOS #31496247#238231317#20190703085306002 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A AUTOS : “G., M C c/ MEDICINA PREPAGA MEDIFE – LEYES ESPECIALES (diabetes, cáncer, fertilidad)”

    observar respecto del control de legalidad que le compete (fs 824vta.), y quedó así

    la causa en condiciones de resolver.-

  3. Efectuada esta breve reseña, corresponde abordar los agravios esbozados por el apelante. Así, la primera queja vertida por la parte demandada estriba en cuestionar la sentencia recurrida, por considerar que es clara la cita tomada por el sentenciante y realizada por la especialista en cuanto considera que no se aplica la cirugía bariátrica en el caso de la actora por el grado de obesidad que padece y las comorbilidades del caso.-

    Como segundo agravio, manifiesta el recurrente que el Inferior interpreta “criterio de inclusión” refiriendo que los mismos son de carácter general, cuando considera que en realidad son requisitos para poder acceder a la cobertura que refiere en cada caso en concreto. Agrega que la Resolución 742/2009-MS- es una norma de cumplimiento obligatorio dictada por la autoridad Sanitaria Nacional y por ende corresponde que las entidades de medicina prepaga y todo el sistema de salud nacional y...

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