Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 14 de Agosto de 2017, expediente CNT 056664/2011/CA001

Fecha de Resolución14 de Agosto de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 56664/2011 - FUSTER M.D. c/ IBERO ASISTENCIA S.A. Y OTRO s/DESPIDO Buenos Aires, 14 de agosto de 2017.

VISTOS El recurso de revocatoria con apelación en subsidio interpuesto por la codemandada “Iké

Asistencia Argentina S.A.” a fs. 221/223 contra la resolución de fs. 208 que hizo efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 195/196.

Que, a fs. 225/226 la parte actora contestó el traslado conferido oportunamente.

Requerida la opinión del Representante del Ministerio Público ante esta Excma. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, se expide la Sra. Fiscal General Adjunta a tenor del dictamen que luce agregado a fs. 245.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que, de conformidad con lo dictaminado por la Sra. Fiscal General Adjunta ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en su Dictamen Nro. 71.762 del 26 de abril de 2017, a cuyos argumentos cabe remitirse y que forman parte integrante de la presente, el Tribunal advierte que la resolución recurrida se halla encuadrada dentro del ámbito normativo del art. 109 de la ley 18.345, que establece la inapelabilidad de todas aquellas resoluciones que se dicten en el proceso de ejecución de sentencia, con las excepciones que ella prevé y que en caso concreto no se verificaron; por lo que tal regla veda la revisión por la vía ordinaria de los planteos que se efectúen o diriman durante la etapa ejecutoria.

    En efecto, y habida cuenta que no se encuentra configurada en la causa ninguna de las excepciones contempladas en la norma citada precedentemente, corresponde desestimar el recurso interpuesto.

  2. Que, en atención al modo de resolver la cuestión traída a estudio, las costas en...

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