Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 15 de Agosto de 2019, expediente CCF 001051/2018/CA002

Fecha de Resolución15 de Agosto de 2019
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 1051/2018 F. O. S. c/ OMINT SA DE SERVICIOS Y OTRO s/AMPARO DE SALUD Buenos Aires, 13 de agosto de 2019. LC VISTOS: los recursos articulados por OMINT, a fs. 174/99 -replicado por la actora a fs. 211/15vta.- por OSALARA, a fs. 201/06 -replicado por la actora, a fs. 217/24- y por los interesados a fs. 208, contra la sentencia de fs. 189/91, habiendo dictaminado el señor F. General, a fs. 229/31vta.; y CONSIDERANDO:

  1. Que en el pronunciamiento indicado, el magistrado interviniente, ordenó a la OSALARA -OBRA SOCIAL DE AGENTES DE LOTERIA Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y a OMINT S.A. de SERVICIOS, mantener a la señora O.S.F., en las mismas condiciones anteriores a su baja, en el PLAN INTEGRAL CARTILLA 3 DE OMINT, con los aportes que efectúe la interesada en los términos dispuestos por el art. 16 de la Ley 19.032 y art. 20 de la Ley 23.660, habiendo establecido que deberán ser transferidos por la ANSES a la obra social y que la actora deberá abonar la diferencia existente entre esos aportes y el valor del referido plan a la empresa de medicina prepaga emplazada. Las costas las impuso a la vencida.

  2. Que el mencionado pronunciamiento fue resistido por ambas emplazadas.

    OMINT, en su recurso de fs. 174/99, en primer lugar, tacha de nula a la sentencia que apelada, por carecer de fundamentos y de todo desarrollo lógico jurídico. En segundo lugar, dice que la resolución en crisis resulta violatoria del derecho de defensa en juicio y del principio de bilateralidad, en virtud de que se ha escuchado a una sola de las partes, en el caso la contraria. En tercer lugar, invoca la falta de argumentación de la resolución en crisis, en tal sentido aduce que los argumentos empleados por el a-quo no resultan suficientes para justificar que se le haya ordenado reafiliar a la actora, siendo que en ningún momento fue dada de baja.

    Además, se queja por la imposición de costas e impugna por altos a los Fecha de firma: 15/08/2019 Alta en sistema: 26/08/2019 Firmado por: A.S.G.-.E.D.G.-.R.V.G. #31296981#241361180#20190813091433512 honorarios regulados en la pieza que impugna a los letrados de la actora. Por último, reserva la cuestión federal.

    La Obra Social, en su recurso de fs. 201/06, invoca agravios vinculados a que la actora reconoce su condición de jubilada, habiendo operado la baja de esa obra social y que si bien es cierto que existe el derecho de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR