Caso Fujimori. Una pieza jurídica remarcable

AutorJorge Rendón Vásquez
CargoDoctor en Derecho. Docente universitario

La sentencia aplicada a Fujimori es una pieza jurídica remarcable

Sus ejes son, a mi criterio, dos:

1) La evidencia de que el Presidente de la República es, por la Constitución, el jefe supremo de las Fuerzas Armadas. Yo podría decir que ésta es una presunción juris et de jure (que no admite prueba en contrario, diferente de la presunción juris tantum, que si la admite). Luego, Fujimori no podía eludir su responsabilidad por lo que hizo el personal a sus órdenes, a los que mandaba. Ellos hicieron lo que él les ordenaba. Su responsabilidad no es sólo política, es también administrativa y personal. En un alarde de altanería, cuando aún ejercía el poder, se jactaba de ser el jefe supremo de las Fuerzas Armadas, las que hacían lo que él les ordenaba. Como otros dictadores enfrentados a la justicia, buscando de salvarse, basó su defensa en la pretensión de ignorar lo que hicieron quienes cumplían sus órdenes.

2) La concurrencia de un conjunto (una multitud) de indicios graves, ciertos y pertinentes que llevan a la convicción de que él, no sólo no podía ignorar lo que el grupo Colina y otros ejecutores de asesinatos y torturas hacían, sino que, como jefe de las Fuerzas Armadas, organizó ese siniestro tinglado y dio las órdenes operativas en los casos de la Cantuta y los Barrios Altos. Las pruebas, en este caso, no siempre son documentos, que pueden haber sido destruidos, ni testimonios directos, que pueden faltar por la complicidad de los testigos inmediatos. Son ese cúmulo de hechos que, enlazados en una relación lógica de causa a efecto, conducen ineluctablemente a la verdad: él fue el autor intelectual de esos crímenes.

Al terminar la audiencia, Fujimori salió de la sala riéndose. ¿Se burlaba del Poder Judicial y de los cientos de miles de espectadores que vieron la audiencia por televisión? o ¿estaba seguro de ser indultado por Alan García Pérez, aliado del grupo fujimorista? Fujimori ha interpuesto el recurso de nulidad. Por lo...

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