Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - Sala Sec, 18 de Agosto de 2009, expediente 65.727

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2009
EmisorSala Sec

Poder Judicial de la Nación Expediente nro. 65.727 –Sala Única- Sec nro. 1

Bahía Blanca, 18 de agosto de 2009.

Y VISTOS: Este expediente nro. 65.727, caratulado: “FOGELMAN, V.O. s/ excarcelación” originario del Juzgado Federal nro. 1 de la sede;

vuelto al acuerdo para resolver el recurso de casación interpuesto a fs. sub 81/88v. contra la resolución de fs. sub 61/63v.; y CONSIDERANDO:

1ro.) Que el Sr. Defensor Público Oficial Dr. L.Á.D. interpuso a fs. sub 81/88v. el recurso previsto por el art. 456 del CPPN, contra la decisión de esta alzada obrante a fs. sub 61/63v. por la cual se rechazó el recurso de apelación contra la denegatoria del beneficio de excarcelación solicitado a favor de su pupilo.

2do.) Que las decisiones en materia de excarcelación,

especialmente cuando es denegado el beneficio, revisten por principio carácter de sentencia definitiva en los términos del art. 465 bis del CPPN

en razón de la imposibilidad de reparar eventuales perjuicios (cf. N. –

D.; “CPPN”, t° 2, 3a edición, ed. H., Bs. As. 2008, págs.

994/5 y 1310 mutatis mutandis), y teniendo en consideración que el recurso fue interpuesto en tiempo y forma con ajuste a lo prescrito en los arts. 456 inc. 2° y 463 ambos del CPPN, el mismo resulta prima facie admisible.

Que en virtud de ello y teniendo presente lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas “C.,

M.…”(03/02/2005), “Muracciole, Santiago…” (08/03/2005) –entre otros– y asimismo lo decidido por la Cámara Nacional de Casación Penal,

S.I., en la causa “C., O.…” (07/7/2005) y más recientemente en el Plenario nro. 13 “D.B.…” (30/10/2008), corresponde conceder el recurso de casación deducido.

Por ello, SE

RESUELVE:

1ro.) Conceder el recurso de casación interpuesto a fs. sub 81/88v. contra la resolución de esta Cámara Federal de fs. sub 61/63v.. Emplazar a los interesados para que comparezcan ante la Cámara Nacional de Casación Penal a mantener el recurso y formular las peticiones que estimen corresponder por el término de ocho (8) días a contar desde...

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