Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 20 de Septiembre de 2022, expediente CCF 008140/2021/CA001

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa n° 8140/2021/CA1 “F.,S.L.c/ Omint SA de Servicios s/ Amparo de Salud”. Juzgado 10, Secretaría 19.

Buenos Aires, 20 de septiembre de 2022

VISTO: el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el 19 de mayo de 2022, contra la resolución del 17 de mayo de 2022, el que fue contestado por la actora el 27 de mayo de 2022; y los recursos por honorarios de fechas 19 de mayo de 2022 y 23 de mayo de 2022.

CONSIDERANDO:

  1. El 21 de septiembre de 2021 el Sr. E.A.S., en representación de su madre, la Sra. S.L.F., inició la presente acción judicial –con medida cautelar- contra OMINT SA con el fin de obtener la cobertura del 100 % de las siguientes prestaciones: a) Internación en el HOGAR PERMANENTE

    CON CENTRO DE DIA categoría A con dependencia, conocido con el nombre de fantasía “The Senior Home”, más 35% por tratarse de una persona discapacitada con dependencia de atención de enfermería médica y asistencia terapéutica permanente, b) medicación prescrita por la médica tratante que a continuación se detallara: alprazolam 0.5 mg/dia, ácido acetilsalicílico 100

    mg/dia, bromazepam 3 mg, carvedilol 6.25 mg/12 hrs, escitalopram 20

    mg/dia, ibuprofeno 400 mg, pantoprazol 40 mg/dia, quetiapina 25 mg/8 hrs,

    valsartan 80 mg/12hrs. y c) 180 pañales mensuales con sus respectivos protectores.

    Manifestó que envió carta documento intimando a la accionada para la cobertura de las prestaciones enumeradas anteriormente, pero que no recibió respuesta alguna (cfr. carta documento enviada con fecha 3/9/21).

    El 2 de noviembre de 2021 el señor magistrado hizo lugar a la medida cautelar. Para así decidir ponderó que concurrían los requisitos para su dictado, valorando para ello la documentación agregada y la falta de cobertura de la prestación solicitada. Asimismo fundó su decisión en derecho Fecha de firma: 20/09/2022

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    en lo previsto en el art 25 DUDH, art 75 inc. 23 CN, ley 24.901 aprobada por ley 25.280, ley 27.044, ley 27.360, leyes 23.660 y 23.661 y la ley 24.754.

  2. El 19 de noviembre de 2021 se presentó Omint y manifestó

    que, en relación a la solicitud de cobertura de prestaciones, insumos y medicación para la actora, su mandante no había recibido el Certificado Único de Discapacidad ("CUD") y la documentación correspondiente, que permitiría ingresar a la socia al Programa de Discapacidad y evaluar la cobertura de las prestaciones solicitadas, situación que tornó improcedente el planteo aquí incoado. Alegó que el a quo dictó una resolución inaudita parte,

    sin brindarle a su mandante la posibilidad de informar esta situación.

    Manifestó que la parte actora no...

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