Expediente nº 9180/35 de Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas, 27 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2012
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas

E.. nº 9180/12 "Ministerio Público -Fiscalía ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 2- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Recurso de inconstitucionalidad en autos G., H.L. s/ inf. art. 189 bis, portación de arma de fuego de uso civil -CP (p/L 2303)-'"

Buenos Aires, 27 de noviembre de 2012

Vistos: los autos indicados en el epígrafe.

Resulta 1. La Fiscalía ante la Cámara de Apelaciones dedujo esta queja contra el auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad interpuesto, a su turno, contra la resolución que confirmó la decisión de primera instancia en cuanto había concedido la suspensión del presente proceso a prueba a pesar de la oposición del fiscal.

Para denegar el recurso de inconstitucionalidad, la Sala interviniente consideró, por mayoría, que el fiscal no se encontraba legitimado para interponer el recurso de inconstitucionalidad.

  1. Al tomar intervención en autos, el Sr. Fiscal General Adjunto sostuvo la queja interpuesta y solicitó al Tribunal que "disponga el efecto suspensivo" en los términos del art. 33 de la ley nº 402.

    Fundamentos:

    La jueza A.E.C.R. dijo:

    Como regla, la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende el curso del proceso y aunque excepcionalmente este Tribunal puede, mediante resolución expresa, suspenderlo antes de pronunciarse sobre la admisibilidad de la queja (art. 33, ley nº 402), en el caso el recurrente no brinda fundamento alguno que permita apartarse de la reiterada jurisprudencia de este Estrado según la cual la falta de acreditación de razones que permitan hacer excepción a dicha regla conduce al rechazo del pedido (cf. este Tribunal in re: "Correo Oficial de la República Argentina S.A. s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Correo Oficial de la República Argentina SA s/ inf. falta de habilitación y otros'", expte. n° 4808/06, resolución del 4/10/2006, e "Hipódromo Argentino de Palermo SA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en 'Hipódromo Argentino de Palermo SA s/ inf. art. 9.1.1, obstrucción de inspección -apelación-'", expte. n° 5881/08, resolución del 4/6/2008, y sus citas, entre otros).

    En efecto, el argumento expuesto por el Sr. Fiscal para dar base a su solicitud se agota en la simple referencia genérica a la posibilidad de que "se torne abstracto el tratamiento del recurso de inconstitucionalidad oportunamente deducido" (fs. 203 vuelta).

    En consecuencia...

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