Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 25 de Septiembre de 2019, expediente CNT 026830/2013/CA001

Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA X SENT.DEF. EXPTE. Nº: CNT 26.830/2013/CA1 (32.909)

JUZGADO Nº: 57 SALA X AUTOS: “FIA FIGUEROA SERGIO ENRIQUE C/ PROVINCIA ART S.A. Y OTROS S/

DESPIDO”

Buenos Aires, 25/09/19 El Dr. DANIEL E. STORTINI dijo:

  1. Llegan estos autos a la alzada con motivo de los agravios que contra la sentencia de fs. 808/7813 formula el actor a fs. 814/831, mereciendo réplicas adversarias a fs.

    833/839.

  2. El actor se considera agraviado porque la magistrada que precede rechazó el resarcimiento por enfermedad reclamado con fundamento en el derecho civil, sin perjuicio de admitir la pretensión resarcitoria por las afecciones constatadas con apoyo en la normativa especial de la ley 24.557. El actor recurrente disiente con la apreciación del extremo y, con sustento en la prueba producida, solicita la admisión de la reparación integral pretendida con apoyo en la normativa civil. Adelanto opinión desfavorable a la pretensión revisora del actor.

    En lo que aquí interesa, el actor inició la presente acción contra sus ex empleadores J.A.C., D.A. y R.N. y la aseguradora Provincia Art al denunciar la existencia de dos afecciones físicas (v.gr. hernia umbilical y una afección de columna que le genera cervicalgia y dorsalgia) y el daño psicológico que atribuyó al factor laboral por su desempeño como panadero y pastelero a favor de los demandados y por los que pretendió ser resarcido con fundamento en los artículos 1113 y 1074 del Código Civil, previo Fecha de firma: 25/09/2019 Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA #20239148#245386129#20190925124812316 planteo de inconstitucionalidad del art. 39.1 de la ley 24.557 en cuanto veda la posibilidad de accionar por accidentes de trabajo y/o enfermedades laborales con sustento en el derecho civil.

    Si bien el actor refirió haber sufrido dos episodios traumáticos (v.gr. el primero en junio de 2011, cuando al alzar una bolsa de harina de 50 kilogramos sintió un fuerte tirón en la zona ventral que lo dejó inmovilizado y por la que debió intervenirse quirúrgicamente y un segundo episodio, en abril de 2012, cuando refirió comenzar a sentir fuertes dolores de cabeza y calambres en ambos brazos que le impedían desarrollar normalmente sus tareas y por el que formuló denuncia ante la ART, la lectura integral de la demanda evidencia que en ambos casos afirmó la realización de esfuerzos por la manipulación de las bolsas, cajas y demás elementos de trabajo de propiedad del empleador como factor nocivo idóneo (ver fs. 12 y sgtes.). Así lo entendió la ex empleadora demandada al negar la realización de los esfuerzos aludidos al afirmar que si bien sus tareas como ayudante lo obligaban al acarrero de materias, limpieza de horno, estibar los productos que otros elaboraban y ordenar el sector de producción luego de finalizadas las tareas, contaba para ello con elementos adecuados porque el acarreo referido se realizaba con la asistencia de unos carros mecánicos que podían ser indistintamente utilizados por mujeres y permitía el fácil desplazamiento de materias primas y productos desde y hacia la mesa de trabajo y el horno, cubriendo una distancia máxima de cinco metros (ver fs.

    140 y sgtes.).

    Así trabada la litis, correspondía al actor demostrar la existencia de los aducidos daños en relación de...

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