Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 12 de Marzo de 2003, expediente L 76236

PresidenteSalas-Negri-de Lázzari-Pettigiani-Roncoroni
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2003
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 12 de marzo de dos mil tres, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresSalas,N.,de L.,P.,R.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 76.236, “Ferrari, R. contra R., H. y otros. Despido y cobro de pesos”.

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo nº 4 de S.M. rechazó la demanda interpuesta; con costas.

La parte actora dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorS. dijo:

  1. El tribunal de grado rechazó la acción deducida por R.F. contra H.R. y otros.

  2. Contra dicho pronunciamiento la parte actora interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y denuncia violación de los arts. 20, 21, 22, 28 y 44 inc. “d” de la ley 11.653; 1, 2 párrafo 2do., 5 incs. a, b, c y d, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14 y 15 de la ley 14.546; convenio colectivo de trabajo 308/1975; 23, 52, 55, 57, 58, 59, 61, 62, 63, 67, 156, 158, 242, 243, 245 y 246 de la Ley de Contrato de Trabajo; 499, 873, 874 y 918 del Código Civil; 2 de la ley 24.432 y de doctrina que cita.

    Alega en lo esencial que se debió aplicar la normativa contenida en la ley 14.546, puesto que no se expuso fundamento alguno para no hacerlo, careciendo de relevancia el hecho que el actor haya sido obligado durante toda la relación laboral a facturar en nombre propio las ventas que realizara. Sostiene que ello sólo pone en evidencia la clara intención de sus empleadores de disfrazar en forma ilegal la verdadera relación que los vinculó.

    Agrega que debieron aplicarse al caso las presunciones a favor del trabajador derivadas de los arts. 57 de la Ley de Contrato de Trabajo y 28 y 39 de la ley 11.653.

    Cuestiona por absurdo la valoración de las pruebas, esencialmente de la oral rendida en la vista de causa.

    Por último, requiere la aplicación de las previsiones de los arts. 20, 21 y 22 de la ley 11.653 y la adecuación de los honorarios a lo establecido en la ley 24.432.

  3. El recurso, según mi opinión, no puede prosperar.

    1. El tribunal de origen consideró que el actor Ferrari...

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