Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 23 de Junio de 2020, expediente CNT 008159/2015/CA001

Fecha de Resolución23 de Junio de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA DEFINITIVA N° 75135

SALA VI

Expediente Nro.: CNT 8159/2015

(Juzg. N° 15)

AUTOS: "FERRARA ALEJANDRO JAVIER C/ FOOD SERVICE AMERICA S.A.

Y OTRO S/ DESPIDO"

Buenos Aires, 23 de junio de 2020

En la Ciudad de Buenos Aires reunidos los integrantes de la Sala VI a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practi-

cando el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

EL DOCTOR L.A.R. DIJO:

Contra la sentencia de primera insntancia, que hizo lugar en lo principal a las pretensiones deducidas, apelan ambas partes a tenor de sus memoriales de fs. 286/289 y fs. 290/291

que merecieron réplica por parte de sus contrarias a fs.

293/275 y fs. 296/297.

En materia de honorarios, apela el perito contador, por entender reducidos los que le fueron regulados (fs. 285).

El pronunciamiento recurrido resulta inapelable para la parte demandada, en razón de que el valor que se intenta cues-

Fecha de firma: 23/06/2020

Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA

tionar en esta Alzada no excede el equivalente a trescientas veces el importe del derecho fijo previsto en el artículo 51

de la ley 23.187, conforme lo normado por el artículo 106 de la ley 18.345.

Que, cabe señalar que el respectivo recurso ha sido con-

cedido el día 23.03.2018 (ver fs. 292), y que los rubros que cuestiona la recurrente ascienden a la suma de $23.939,04;

siendo ello así, el monto que intenta cuestionar ante esta Al-

zada no alcanza el monto a que se refiere la normativa citada,

que ascendía a esa fecha a la suma de pesos treinta y seis mil ($36.000), lo cual obsta el análisis del cuestionamiento for-

mulado.

La parte actora cuestiona la base de cálculo tomada para las indemnizaciones y sostiene que debieron haber sido inclui-

dos los rubros "no remunerativos" y que en función de ello, la misma debió haber ascendido a la suma de $8.323,45. En este aspecto, entiendo que no le asiste razon. Digo ello proque el perito contador consignó en su ANEXO I las remuneraciones del actor y la forma en que estaban compuestas (fs. 229) y esta-

bleció que la mejor remuneración mensual normal y habitual fue la correspondiente al mes de mayo de 2012, que ascendió a la suma...

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