Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 22 de Febrero de 2022, expediente CCF 008455/2019/CA001
Fecha de Resolución | 22 de Febrero de 2022 |
Emisor | Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA II
8455/2019
FERNANDEZ, S.B. c/ HSBC SEGUROS DE RETIRO
SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Buenos Aires, de febrero de 2022.- GA
VISTOS: el recurso de apelación interpuesto por la actora en fecha 05.07.2021 -que fue fundado el día 13.07.2021-, cuyo traslado mereciera el responde del 10.11.2021, contra la resolución del 11.05.2021; y CONSIDERANDO:
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Que el señor juez de grado hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por la demandada en lo concerniente a las diferencias entre los importes efectivamente pagados por esa parte en concepto de prestación mensual de la renta vitalicia previsional correspondiente a la actora y lo que debería haber abonado en dólares estadounidenses, por los períodos anteriores a los dos años previos a la promoción de la demanda.
Ese decisorio motivó la apelación de la accionante referida en el visto. En prieta síntesis, adujo que la relación contractual habida entre las partes cae dentro de la órbita de la seguridad social y, por ende, se encuentra regida por la Ley N°
24.241, y que la norma específica sobre prescripción que contiene es para las prestaciones del artículo 17 -las que otorga el régimen público- mas no para las del régimen de capitalización. Invocó
doctrina y jurisprudencia que estima favorable a ese planteo. También,
objetó la imposición de las costas del incidente.
Corrido el pertinente traslado, la contraria lo contesta en lo términos que surgen de la presentación del día 10.11.2021 a cuyos términos corresponde remitirse en honor a la brevedad.
Fecha de firma: 22/02/2022
Alta en sistema: 23/02/2022
Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: A.S.G., JUEZ DE CAMARA
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Así propuestas las cuestiones a resolver, corresponde recordar que la actora cuestiona la prescripción declarada por el a quo sobre la base de un análisis de las disposiciones de la Ley N°
24.241 y, en consecuencia, deviene necesario comenzar el examen del asunto recordando que el legislador estructuró esa norma en seis libros diferentes.
El primero de ellos está dedicado al sistema integrado de jubilaciones y pensiones y se encuentra dividido en cinco títulos,
dedicados -en este orden- a disposiciones generales, al régimen previsional público, al régimen de capitalización, a la vigencia de esos regímenes y a las penalidades previstas para las distintas conductas allí tipificadas.
El artículo...
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