Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 19 de Febrero de 2019, expediente CAF 045774/2012/CA001

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 45774/2012 FERNANDEZ ROJAS BRENDA DE LAS MERCEDES c/

EN-M§ INTERIOR-RESOL 261-DNM-(EXPTE 799276/88)

s/RECURSO DIRECTO DNM Juzg. 11 Buenos Aires, de de 2019.- ZMF Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la señora B. de las M.F.R., de nacionalidad chilena, representada por el subrogante legal de la Defensoría Pública Oficial ante los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias, interpuso recurso judicial contra los siguientes actos, dictados en el expediente 799276/1988 del registro de la Dirección Nacional de Migraciones (en adelante, DNM):

    (i) la disposición DNM 37825/05, que declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso por el término de ocho años, en los términos de los arts. 3, inc. “j”, y 29, inc. “c”, de la ley 25.871, por haber sido condenada a la pena de cuatro años de prisión en orden al delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización; (ii) la disposición DNM 239/11 que rechazó el recurso de reconsideración; (iii) la resolución del Ministerio del Interior y Transporte nº

    261/12 que rechazó el recurso de alzada.

  2. Que la señora jueza de primera instancia, a fs. 264/268, rechazó el recurso con fundamento en que: (a) su situación “encuadra en los impedimentos para ingresar y permanecer en el territorio nacional, preceptuados en el inc. c) del art. 29 de la ley” por haber sido condenada a la pena de cuatro años de prisión en orden al delito de tenencia de estupefacientes , “advirtiendo que los actos resultan ajustados a derecho por cuanto se han limitado a considerar que se hallaba configurado uno de los supuestos objetivos previsto como causas impedientes que la habilitan como autoridad de aplicación, a denegar su solicitud de residencia y ordenar su posterior abandono del territorio nacional”.

    Fecha de firma: 19/02/2019 Alta en sistema: 21/02/2019 1 Firmado por: DRA. DO PICO - DRA. HEILAND - DR. FACIO - , JUECES DE CÁMARA - - H. GERDING SECRETARIO #10346181#224091715#20190220113340815 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 45774/2012 FERNANDEZ ROJAS BRENDA DE LAS MERCEDES c/

    EN-M§ INTERIOR-RESOL 261-DNM-(EXPTE 799276/88)

    s/RECURSO DIRECTO DNM Juzg. 11

  3. Que apeló la Defensora Pública Coadyuvante integrante de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación en representación de la actora y fundó sus agravios (fs. 270/273 y réplica de fs.

    283/295) en que:

    (i) se ponderó, únicamente, la naturaleza del delito por el cual fue condenada y el monto de la pena impuesta; (ii) no fue analizada la reunificación familiar planteada con motivo de tener una hija argentina y a su padre, madre y dos hermanos viviendo en la Argentina con residencia permanente; (iii) no se realizó el test de razonabilidad, pues no se tuvo en cuenta: (a) la duración de su estadía en el país, (b) los vínculos forjados, (c)

    el alcance de las penurias que constituye la deportación para su persona y su grupo familiar, y (d) las pruebas de rehabilitación con respecto a su actividad criminal; (iv) no se ponderó el planteo de inconstitucionalidad de la decisión administrativa fundamentada en la dispensa por razones humanitarias, toda vez que su madre (con radicación permanente en el país), es diabética y requiere cuidados y atención especiales.

  4. Que a fs. 299/300 dictaminó el señor fiscal coadyuvante.

  5. Que el examen de los agravios requiere, previamente, una reseña de los antecedentes administrativos obrantes en el expediente nº

    799276/88 (al que posteriormente se acumuló el nº 732.350-1/95; ver fs.

    93vta.):

    (i) el 14 de enero de 1995, la comisaría nº 52 informó a la DNM que la señora F.R. se encontraba imputada en las actuaciones sumariales caratuladas “INFRACCIÓN LEY 23737” (fs. 1 del expte. nº

    732.350-1/95, al cual se hará referencia en lo sucesivo); Fecha de firma: 19/02/2019 Alta en sistema: 21/02/2019 Firmado por: DRA. DO PICO - DRA. HEILAND - DR. FACIO - , JUECES DE CÁMARA - - H. GERDING SECRETARIO #10346181#224091715#20190220113340815 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 45774/2012 FERNANDEZ ROJAS BRENDA DE LAS MERCEDES c/

    EN-M§ INTERIOR-RESOL 261-DNM-(EXPTE 799276/88)

    s/RECURSO DIRECTO DNM Juzg. 11 (ii) el 18 de enero de 1995, la DNM dictó la disposición D.C.

    8/95, en la que declaró ilegal la...

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