Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 23 de Diciembre de 2019, expediente CSS 066558/2013/CA001

Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA DEFINITIVA EXPEDIENTE NRO: 66558/2013 AUTOS: “FERNANDEZ JULIO CESAR c/ ANSES s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA”

Buenos Aires, EL DR.R.M.M. DIJO:

Contra la sentencia obrante a fs.37/38, mediante la cual el Sr. Juez resolvió hacer lugar a la acción meramente declarativa incoada por el Sr. J.C.F. y, en consecuencia, declarar la vigencia del régimen especial estatuido por la ley 22.929, impuso las costas a la demandada vencida y reguló honorarios, apeló la demandada a fs.40.

Al respecto, nada tengo que agregar al dictamen producido a fs.67/vta. por el Ministerio Público, cuyos términos comparto y a los que me remito en orden a la economía procesal.

En consecuencia, en caso de prosperar mi voto, correspondería rechazar la apelación impetrada y confirmar la sentencia de la instancia anterior; debiéndose agregar a la sentencia que en definitiva se dicte fotocopia del dictamen aludido a los efectos de su notificación.

Sin costas en la Alzada (art.68, segundo párrafo, del CPCCN).

EL DR. N.A.F. DIJO:

  1. Por presentación de fs. 10/13 el demandante promovió acción meramente declarativa para que se lo declare comprendido en el régimen de la ley 22929 modificado por la ley 23026 y restaurado por la ley 24019, denunciando haberse desempeñado sucesivamente en la C.N.E.A. hasta que fue transferido a NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A. como investigador científico y tecnológico.

    En prueba de sus afirmaciones agregó la certificación de servicios “profesional ley 22929 prestados del 22.5.79 al 7.9.94 para la CNEA de fs. 8, el recibo de haberes del período 7/13 de NASA NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A. en el que figura fecha de ingreso 22.5.79 y 34 años de antigüedad de fs. 7 y el certificado de esa empresa que da cuenta de haber sido constituida mediante el D.. 1540/94, que –también- dispuso la transferencia del personal integrante de la Gerencia de Área Centrales Nucleares de la CNEA, estableciendo que se regiría por las mismas normas laborales que le eran aplicables en esa Comisión, lo que implicaba el mismo régimen laboral y sancionatorio contenido en el Estatuto y Escalafón de aquella, el que contemplaba entre otros ítem “Dedicación Exclusiva” (Código de Pago 109) y “Complemento por Dedicación a la Investigación Escalafón A” (Código de Pago 153), ambos previstos en el Escalafón “A”.

    El certificado agrega que a partir de enero de 2005 se aplicó en la empresa el C.C.T. 692/05 (E)...

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