Fe de Erratas

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición16 de Julio de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 131
CORDOBA, (R.A.) LUNES 16 DE JULIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
acreditados y cumplimentados los extremos legales necesarios previstos
por el Decreto N° 800/2016, modicado por Decreto 30/2018 y disposicio-
nes de la Resolución Nº 223/216 del entonces Ministerio de Vivienda, Ar-
quitectura y Obras Viales, atento a que se ha vericado una variación en
los precios ponderados de los factores de costos del contrato superior
al cinco por ciento (5%) respecto a los valores contractuales vigentes y el
Régimen de Redeterminación de Precios fue establecido por el artículo 22
del Pliego Particular de Condiciones.
Que en consecuencia, dicha asesoría considera que al darse el su-
puesto previsto en el artículo 18 del Decreto 800/2016, modicado por De-
creto 30/2018 y contempladas las demás previsiones de dicha normativa
para los cálculos efectuados, vericada la existencia de los supuestos que
tornan procedente la aplicación del precitado decreto, lo cual queda evi-
denciado en lo actuado y aprobado, puede procederse como se gestiona,
debiendo la Secretaría de Arquitectura oportunamente solicitar la integra-
ción de la garantía de contrato y formalizar addenda, habida cuenta que
existe una modicación del precio contractual y produce consecuencias
jurídicas en la ejecución del contrato de obra pública.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, las previsio-
nes del artículo 8º del Decreto Nº 30/2018, lo dictaminado por el Departa-
mento Jurídico de este Ministerio con el N° 42/2018 y su providencia de
fecha 1 de junio de 2018 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- DÉJASE SIN EFECTO la Resolución Ministerial Nº
062/2018 de fecha 7 de marzo 2018, por la cual se aprobó el Acta Acuerdo
de la Primera Adecuación Provisoria de Precios por las variaciones de Cos-
tos vericadas en el mes de septiembre de 2017, en el “Estudio de Suelos
y el Desarrollo del Proyecto de Ingeniería de Detalles de Estructura y de la
totalidad de las instalaciones” y la ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN
NUEVO EDIFICIO PARA LA ESCUELA ESPECIAL DE SAN JOSÉ DE LA
DORMIDA, ubicada en calle Evaristo Valdez esquina Los Inmigrantes (ex
Guayasacate) – SAN JOSÉ DE LA DORMIDA – DEPARTAMENTO: TU-
LUMBA – PROVINCIA DE CÓRDOBA.
Artículo 2º.- APRUÉBASE el Acta de Aceptación de la Primera Ade-
cuación Provisoria de Precios por las variaciones de costos vericadas en
el mes de septiembre de 2017, en el “Estudio de Suelos y el Desarrollo
del Proyecto de Ingeniería de Detalles de Estructura y de la totalidad de
las instalaciones” y la ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN NUEVO
EDIFICIO PARA LA ESCUELA ESPECIAL DE SAN JOSÉ DE LA DOR-
MIDA, ubicada en calle Evaristo Valdez esquina Los Inmigrantes (ex Gua-
yasacate) – SAN JOSÉ DE LA DORMIDA – DEPARTAMENTO: TULUMBA
– PROVINCIA DE CÓRDOBA”, por la suma total de Pesos Un Millón Dos-
cientos Treinta Mil Ochocientos Veinticuatro con Treinta y Un Centavos ($
1.230.824,31), suscripta con fecha 15 de mayo de 2018, entre la Secretaría
de Arquitectura representada en ese acto por el señor Director de Jurisdic-
ción de Obras, Licitaciones y Contrataciones de la misma, Ingeniero José
Antonio MAIOCCO por una parte y la Empresa SADIC S.A., representa-
da por su Vicepresidente Ingeniero Ricardo José DESUMVILA, contratista
de la obra por la otra, que como Anexo I, compuesto de dos (2) fojas, se
acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 3º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pe-
sos Un Millón Doscientos Treinta Mil Ochocientos Veinticuatro con Treinta
y un Centavos ($ 1.230.824,31), conforme lo indica la Dirección General de
Administración de este Ministerio, en su Documento de Contabilidad - Nota
de Pedido N° 2018/000037, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 506-
005, Partida 12.06.00.00, Obras - Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 4°.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a sus-
cribir la enmienda de contrato por adecuación provisoria de precios,
debiendo la Empresa SADIC S.A., de corresponder, integrar el importe
adicional de garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención a
la Dirección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de
Cuentas de la Provincia, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase
a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
ANEXO
FE DE ERRATA
MINISTERIO DE FINANZAS
RES. MIN. 210/18 EDICION 128 DEL DIA MIERCOLES 11 DE JULIO DEL
BOLETIN OFICIAL 1RA. SECCION SE PUBLICO LA RES. 210 EN LA PA-
GINA 6 EN DONDE POR ERROR SE OMITIO PUBLICAR EL ANEXO I,
DEJAMOS SALVADO DE ESTA MANERA DICHO ERROR - DR.HECTOR
BOSTICO, JEFE DE AREA DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES
ANEXO
1 día - Nº 162627 - s/c - 16/07/2018 - BOE
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
- LEY Nº 10.074
SANTA ROSA 740 - TEL. (0351) 4342126 / 27
BOE - TEL. (0351) 5243000 INT. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
RESPONSABLE: LILIANA LOPEZ

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