Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 26 de Septiembre de 2019, expediente FCT 004258/2017/CA001
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES Corrientes, veintiseis de septiembre de dos mil diecinueve.
Visto: Los autos caratulados “F., M.R. y otros c/ E.N. y otro s/
Suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad”, E.. N° FCT 4258/2017/CA1,
proveniente del Juzgado Federal de Paso de los Libres;
Considerando:
-
Que contra la resolución de fs. 96/99 y vta., por la que este tribunal rechazó el
recurso de apelación incoado por la demandada confirmando la sentencia de primera
instancia que declaró el reconocimiento en favor de los actores del carácter remunerativo y
bonificable de los suplementos establecidos en los decretos 1305/12, 245/13, 855/13 y
614/14, incorporándolos al haber mensual e impuso las costas a la vencida, el Estado
Nacional interpuso recurso extraordinario federal a fs. 102/112 y vta.
-
La representante del Estado Nacional en su escrito, expone los antecedentes de la
causa y da por cumplidos los recaudos formales para la procedencia del remedio federal
intentado, esto es: tribunal superior, definitividad de la sentencia impugnada y cuestión
federal involucrada al caso.
En lo atinente al último requisito citado, expresa que existe cuestión federal
suficiente al afectarse principios, derechos y garantías constitucionales que tienen relación
directa e inmediata con la materia del proceso. Agrega que la sentencia atacada ordena la
incorporación al haber de retiro de la actora, como remunerativos y bonificables,
suplementos particulares y transitorios, en contradicción a lo dispuesto en la ley 19101, lo
que implica la vulneración de los arts. 17 y 18 de la Constitución Nacional e ignorándose
el principio de división de Poderes. Indica que también se funda el presente recurso en que
la materia debatida es de orden federal.
Asimismo, plantea la arbitrariedad del decisorio, pues a su juicio, otorga a la actora
la bonificación de los suplementos cuestionados en autos, sin normativa que lo avale,
causándole ello gravamen irreparable.
Además, considera que en el caso media gravedad institucional que habilita esta
instancia, al exceder la cuestión el interés particular.
Funda el recurso aduciendo que el pronunciamiento ocasiona a su mandante un
Fecha de firma: 26/09/2019 gravamen concreto y actual, dado que dispone la incorporación y liquidación de los
Alta en sistema: 27/09/2019 Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.O.G. DE TERRILE, SECRETARIA DE CAMARA #29890695#245307097#20190925091943070 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE...
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