El fallo 'Tonelli' no aplica la ley 26.773

Páginas539-540
A propósito del fallo “Tonelli”, dictado por la
sala VI de la CNTA el 14-12-12, en una causa
por un accidente ocurrido antes de la vigencia
de la ley 26.773, que diera origen a comentarios
en los que se consideró que se habría aplicado
retroactivamente dicha ley, como es el ca so del
publicado en esta Revist a Trabajo y Seguridad
NOTICIAS
El fallo “Tonelli” no aplica la ley 26.773
“Estimado Dr. Carcavallo:
Creo que el párrafo que ha dado motivo a la crít ica de vues tra pr estigios a
Revista estaría centrado en las siguientes expresiones :
------------------------------------------------------------------------------------------------------------
.... ‘El proyecto de código civil y comerc ial en avanzado trámite parlamentario
establece que en caso de muerte l a indemnización consiste en los gastos de asisten-
cia y posterior fu neral de la víctima; lo necesario pa ra alimentos del cónyuge, hijos
menores hasta los 21 a ños de edad con derecho alimentario; … el juez debe tener
en c uenta el tiempo prob able de vida de la v íctima, sus condiciones personales y
la de los reclama ntes (art. 1745).
En este marco aprecio que el monto f‌ijado por el magistrado de grado resulta
razonable ya que si se aplicara la prestación dinera ria prevista en la LRT se llega-
ría a l 60% del monto establecido. Debo considerar que las prestaciones dinerar ias
han sido luego actu alizadas y que la nueva normativa ( ley 2 6.773) establece una
indemnización adicional de pago único equivalente al 20 % de la tarifa. Si consi-
deramos que la vía es cogida en la dema nda se funda en el dere cho civil, estimo
que el importe de condena por daño material debe ser conf‌irmado pa ra cada u na
de las actoras’...
... ‘Conforme doctrina de Sala no hay motivos que justif‌iquen un apartamiento del
principio general de las obligaciones civiles (‘Araujo Narciso c. La Palm ira SA y otro’)
,razón por la cual propicio conf‌irmar el pronunciamiento en el punto estableciendo
que el cómputo de los intereses será desde el momento del fallecimiento del trabaja-
d o r , c ó n y u g e y p a d r e d e l a s a c t o r a s r e s p e c t i v a m e n t e ( a r t . 1 0 8 3 , c ó d i g o c i v i l ) ’.
Social, en el número de Abril, pág. 258 y tam-
bién los d ifundidos en www.trapala.com del
8-3-13 y w ww.diariojudicial .com, del 28-2-13,
entre otros, el Dr. Ra ffaghelli, por cuyo voto
se pronunc ió la sentenc ia, estimó conveniente
formular las siguientes aclaraciones sobre el
alcance de la r esolución.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR