Fallo n° 14.804

EmisorTribunal de Cuentas
Fecha de la disposición17 de Noviembre de 0006

FALLO Nº 14.804 Mendoza, 20 de octubre de 2006.Vistoen el Acuerdo de la fecha el expediente Nº 260, Letra "A", en el que se tramita la rendición de cuentas correspondiente a la gestión administrativo-financiera y patrimonial cumplida por la Municipalidad de Maipú durante el ejercicio 2004, del queRESULTA:1) Que la documentación, libros y demás antecedentes de esta cuenta registran su ingreso hasta el día 7/10/05, según constancia de fs. 90.2) Que actuaron como responsables los funcionarios indicados a fs. 91/93.3) Que girados los antecedentes recibidos a estudio de la Dirección de Cuentas de Municipalidades, el Contador Revisor que tuvo a su cargo el mismo produce informe corriente a fs. 91/112 en los términos del artículo 31 de la Ley Nº 1003, efectuando observaciones.4) Que a fs. 113/118 la Secretaría Relatora formula el pliego de observaciones correspondiente conforme al examen practicado por la Revisión, aconsejando dar vista a los responsables de los reparos, a los efectos de la contestación, ofrecimiento y presentación de las pruebas de descargo que pudieren corresponder, como así también solicitar al ente cuentadante la remisión de los elementos de juicio faltantes, lo que así se provee a fs. 120/121 y se notifica a fs. 123/124.5) Que a fs. 158/161 se encuentran agregadas las contestaciones presentadas por los responsables, acompañando diversa documentación a fs. 126/157.6) Que a fs. 162/169 obra informe complementario de la Revisión, en el que consta el resultado de su análisis sobre las contestaciones presentadas. A fs. 169 vta. se expide la Dirección de Cuentas.7) Que, por último, a fs. 170/175 la Secretaría Relatora emite dictamen final, quedando las actuaciones en estado de resolver; yCONSIDERANDO:I. Que el Tribunal, analizadas las contestaciones aportadas por los responsables, lo informado por la Revisión y lo dictaminado por la Secretaría Relatora, resuelve tener por salvada la observación 1. Inconsistencias en la base de datos de los contribuyentes, pero instruye al Contador Revisor a cargo del estudio de la rendición de cuentas del ejercicio 2006 para que verifique la corrección de los errores detectados en la base de datos de contribuyentes (padrones de Tasas por Servicios a la Propiedad Raíz, Reembolsos, Plan de Pagos Ordenanza Nº 2802 y Deudores Varios), como así también para corroborar la correcta registración, junto con la correspondiente documentación de respaldo, a fin de conformar adecuadamente el monto recaudado que surge de la ejecución presupuestaria de los recursos (sistema contable) y el monto pagado que surge de la base de datos de contribuyentes, evitando diferencias entre los dos sistemas.II. Que la observación 2. Omisión del contrato de...

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