Fallo n° 14.609
Emisor | Tribunal de Cuentas |
Fecha de la disposición | 17 de Julio de 0006 |
FALLO Nº 14.609 Mendoza, 20 de octubre de 2.005.Vistoen el Acuerdo de la fecha el expediente Nº 254, Letra "A", en el que se tramita la rendición de cuentas correspondiente a la gestión administrativo-financiera y patrimonial cumplida por la Municipalidad de Guaymallén durante el ejercicio 2003, del queRESULTA:1) Que la documentación, libros y demás antecedentes de esta cuenta registran su ingreso hasta el día 20/10/2004, según constancia de fs. 294.Actuaron al frente de la Comuna cuentadante las autoridades que se indican a fs. 297/298 de autos.2) Que girados los antecedentes recibidos a estudio de la Dirección de Cuentas de Municipalidades, el Contador Revisor que tuvo a su cargo el mismo produce informe corriente a fs. 296/344 en los términos del artículo 31 de la Ley Nº 1003, efectuando observaciones.A fs. 345/346 obra informe de la Dirección de Cuentas con aclaraciones a los reparos formulados.3) Que a fs. 347/356 la Secretaría Relatora formula el pliego de observaciones correspondiente, conforme al examen practicado por la Revisión, aconsejando dar vista a los responsables de los reparos, a los efectos de la contestación, ofrecimiento y presentación de las pruebas de descargo que pudieren corresponder, como así también solicitar al ente cuentadante la remisión de los elementos de juicio faltantes, lo que se provee y se notifica a fs. 358/370 y 375/376.4) Que a fs. 378/535 se encuentran agregadas las contestaciones presentadas por los responsables.5) Que a fs. 536/567 obra informe complementario de la Revisión, en tanto que a fs. 568/576 la Secretaría Relatora emite dictamen final, quedando las actuaciones en estado de resolver; yCONSIDERANDO:I. Que el Tribunal, analizadas las contestaciones aportadas por los responsables, lo informado por la Revisión y lo dictaminado por la Secretaría Relatora, tiene por salvadas las observaciones 1. Anexo II - Estado de Situación Patrimonial; 2. Anexo III - Ejecución de los Créditos; 5. Expte. Nº 453634-DA-03 sobre pago de ticket al personal, puntos a) y b); 7. Subsistema de contribuyentes, punto a); 8. Anexo XII - De la deuda pública, punto e) y 9. Contrataciones, puntos a) Expte. Nº 441656/DM/02 - "Dir. Obras Municipales" - s/compra a través Plan Nac. de Obras Municipales ("s/Llam- V - Terzi"), ítems Sector contable y Sector de proyecto y realización de obras y c) Expte. Nº 438.957/DM/02 - "s/Llam. Lic. P/tanque elevado p/prov. agua Bº U. V. B. Nueva", ítems Respecto de todos los sectores que intervinieron en la tramitación del expediente (excluido el sector contable) y Respecto al sector encargado de proyectar, realizar o supervisar la obra, subítem aa).Así se resuelve.II. Que el Tribunal, en virtud de lo informado por la Revisión y de lo dictaminado por la Secretaría Relatora, resuelve tener por salvadas en esta oportunidad las observaciones que se detallan a continuación, con las...
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