Un fallo que dificulta el despido

Un delegado gremial despedido debe ser reincorporado y, además, un trabajador que pruebe que fue discriminado puede pedir su reincorporación. Estos criterios establecidos el martes último por la Corte Suprema fogonean la litigiosidad, crean dudas sobre el límite de tal derecho, desalientan la inversión privada y plantean desigualdades entre los propios empleados.Esto es lo que surge de la opinión mayoritaria de abogados laboralistas consultados por La Nacion, que señalaron que el máximo tribunal ratifica una tendencia creciente desde hace cinco años y que ahora amplía con este fallo para cualquier despedido que alegue y pueda probar la discriminación. Según comentan, el recorte en su facultad de dirección y organización preocupa cada día más a los empresarios que ellos asesoran.Gaspar Aguirre, socio a cargo del departamento laboral del estudio Beccar Varela, dice que en la práctica es muy engorroso reincorporar a un empleado luego de haberle pagado la indemnización por despido. "Es como una doble condena, porque, si bien la mayoría de los juzgados permite computar ese pago al salario, también obliga a abonar los sueldos devengados desde el despido hasta la reincorporación", explica el letrado.Glauco Marqués, abogado de Adrogué, Marqués, Zabala y Asociados, advierte que si se usa la discriminación para construir falacias, se fomenta la desinversión y la precarización del trabajo. "Una cosa es despedir a una persona por una conducta de su vida privada y otra hacerlo porque no cumple con su tarea. El primero es un acto discriminatorio; el segundo es un acto del empleador en ejercicio de su poder de dirección y organización", explica el letrado.Sucede que con el nuevo criterio se reduce enormemente la posibilidad consagrada en la ley de contrato de trabajo (LCT) de despedir sin causa, ya que el empleado que pueda demostrar que el distracto se produjo por discriminación (ver recuadro) obtiene el derecho a ser reinstalado.Algo que no está claro en el fallo es el límite de esta facultad que se abre para el trabajador despedido. "Nos atenemos a la tesis de estabilidad absoluta, cosa que la Corte no ha dicho, o caemos en la duda sobre cuándo la empresa queda habilitada para despedir a ese empleado en el futuro", conjetura el presidente del Departamento de Política Social de la UIA, Daniel Funes de Rioja.Según dice, si se cambia la naturaleza de la relación...

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