Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 23 de Marzo de 2018, expediente CIV 013516/2011/CA002

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2018
EmisorCamara Civil - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A 13516/2011 F M D C Y OTROS c/ OBRA SOCIAL DE CHOFERES DE CAMIONES Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS -

RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.

Buenos Aires, de marzo de 2018.- NC AUTOS Y VISTOS:

A fin de valorar los trabajos realizados en autos por el beneficiario de la regulación apelada, la ley 21.839 como así su modificatoria ley 24.432, establecen un conjunto de reglas generales: naturaleza, complejidad del asunto y resultado obtenido, que constituyen la guía pertinente para llegar a una regulación justa y razonable.-

Así las cosas, monto de la liquidación de fs. 957/8, de conformidad lo decidido por la sala en cuanto a los honorarios de los peritos psicólogos que carecen de arancel propio (conf. H 560.590 del 9/5/2012)

dentro de los límites de la ley 24.432, corresponde modificar la regulación de fs. 1034 y, se fijan los honorarios de la consultora técnica de la parte actora L.. N S O en PESOS CUERENTICINCO MIL ($45.000).-

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