Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 24 de Agosto de 2018, expediente CFP 012441/2015/3/CA001

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 12441/2015/3/CA1 CCCF – Sala 1 CPF 12441/2015/3/CA1 “F L A s/procesamiento”

Juzgado Nº 8 – Secretaría Nº 16 Buenos Aires, 24 de agosto de 2018 Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 13/5 vta. de la presente incidencia por el Dr. C.G.C., contra la resolución obrante a fs. 1/12vta. en cuanto dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de L A F por considerarlo penalmente responsable del delito de defraudación en perjuicio de la administración pública en concurso ideal con el delito de utilización de documento privado falso, en calidad de partícipe necesario (arts.

    174, inc. 5° en función del art. 172, 296, 45 y 54 del CP).

  2. Las presentes actuaciones se iniciaron en virtud de la denuncia realizada el 9 de noviembre de 2015 por el Dr. S F, en su carácter de apoderado de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, quien refirió que conforme el expediente SRT 233952/15 la Dra. S C, médica de dicho organismo, habría presentado el 2 de octubre de 2015, ante el Servicio Médico Laboral, dos certificados médicos con membrete del Hospital Británico expedidos por el Dr. L A F, a fin de justificar inasistencias laborales.

    Añadió el denunciante que los certificados en cuestión estaban fechados los días lunes 28 de septiembre, a las 9.30 hs. y jueves 1 de octubre de 2015, a las 15.00 hs. Asimismo, a través del sumario iniciado pudo acreditarse que C no había sido atendida en el Hospital Británico, siendo que el Dr. F, no estaba habilitado para la atención de pacientes en ese hospital y solamente trabajaba los días martes y miércoles en el horario de 8:30 a 13:30 y los viernes de 14:00 a 19:00 hs.

    Fecha de firma: 24/08/2018 Alta en sistema: 27/08/2018 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: D.A.P., SECRETARIO #32042919#214017718#20180824091845137 Por otra parte, la Dirección Nacional de Migraciones, informó que C había salido del país el día 10 de septiembre de 2015 a las 20:42, con destino a España y regresado a proveniente de Gran Bretaña el 1 de octubre de 2015 a las 08:55 hs.

    Luego de incorporar las pruebas correspondientes, la Dra. C en oportunidad del art. 294 del CPPN hizo uso de su derecho a negarse a declarar.

    Por otra parte, el 4 de abril de 2017 presentó su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR