Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 3 de Febrero de 2023, expediente CIV 002166/2015
Fecha de Resolución | 3 de Febrero de 2023 |
Emisor | Camara Civil - Sala A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A
2166/2015
EXPERTA ART S.A. c/ FENOY, D.H. Y OTROS
s/INTERRUPCION DE PRESCRIPCION
Buenos Aires, 3 de febrero de 2023.-
AUTOS Y VISTOS:
Sabido es que el artículo 166 del Código Procesal,
en su inciso 2º, sólo permite la aclaratoria en supuestos de errores u omisiones en la medida que no alteren lo sustancial de la decisión,
circunstancia que no concurre en la especie.-
En efecto, llegados estos autos a la alzada este tribunal debió entender en los diferentes recursos interpuestos contra la cuantía de los honorarios fijados en la instancia de grado el 9/3/2022 y, atento el alcance de los mismos, modificó o confirmó los emolumentos fijados pero, teniendo en cuenta en esta oportunidad el valor del UMA a la fecha del fallo, esto es 10.400 según A.2., de conformidad con lo establecido por el artículo 51 de la ley arancelaria.-
Esto, en la inteligencia que, como es sabido, los honorarios deben fijarse en moneda de curso legal y que la conversión de los mismos en unidad de medida sólo puede producirse al momento de quedar firme la regulación (conf. P., G.M.“. en la Justicia Nacional y Federal”, Ed. Cáthedra Jurídica, pág. 604 con cita jurisprudencial; id. esta Sala CIV011113/2017 del 5/9/2022 entre muchos otros), oportunidad en que queda fijado definitivamente su importe, tal como se desprende de la resolución del 7/12/2022.-
Así las cosas, corresponde el rechazo del remedio procesal ensayado, lo que ASI SE
RESUELVE:
.-
Fecha de firma: 03/02/2023
Alta en sistema: 05/02/2023
Firmado por: S.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: RICARDO LI ROSI, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA
N. a los interesados en los términos de las Acordadas 38/13, 31/11 y concordantes. P. en el Centro de Comunicación Publica de la C.S.J.N. y oportunamente devuélvase.-
RICARDO LI ROSI
CARLOS A. CALVO COSTA
SEBASTIÁN PICASSO
Fecha de firma: 03/02/2023
Alta en sistema: 05/02/2023
Firmado por: S.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: RICARDO LI ROSI, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA
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