Expediente nº 2792/PJCABA/TSJ/04 de Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 24 de Febrero de 2004

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2004
EmisorTribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

EXPEDIENTE N° 2792/ PJCABA/ TSJ/ 04

EXPTE. N° 2792/04 - "MINISTERIO PÚBLICO - DEFENSORA OFICIAL EN LO CONTRAVENCIONAL N° 6 S / QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN GCBA S / ALLANAMIENTO JOSÉ BONIFACIO 2705, 7° PISO - MEDIDA CAUTELAR NULIDAD - APELACIÓN"-RECURSO DE QUEJA- ALLANAMIENTO-ACTO ADMINISTRATIVO- PRESUNCIÓN DE LEGITIMIDAD Y EJECUTORIEDAD-PRESUNCIÓN DE LEGITIMIDAD Y EJECUTORIEDAD-RECHAZO -AUSENCIA DE CASO CONSTITUCIONAL.

Buenos Aires, 24/02/2004

Vistos: los autos indicados en el epígrafe,

resulta

  1. La Administración, que había dispuesto retirar el cerramiento de un balcón perteneciente a un domicilio privado, requirió una orden de allanamiento de ese domicilio, en apariencia para no frustrar el cumplimiento de la decisión si el habitante no permitía el ingreso.

  2. La jueza en lo contravencional asumió la competencia y puso en conocimiento del propietario y/o ocupante del inmueble afectado el contenido del decreto n° 1059/01. La defensa pidió la nulidad de ambas medidas y luego apeló la resolución de la magistrada que, al tiempo que rechazó la nulidad ordenó concretar el allanamiento oportunamente dispuesto (fs. 7 punto I y fs. 11 puntos I y II.1). La Cámara confirmó directamente la orden de allanamiento (fs. 4/6 y 18 vuelta).

  3. Esa decisión es impugnada por inconstitucional y el recurso rechazado por la Sala II por ausencia de caso constitucional. Así las cosas, la recurrente acude en queja, con la particularidad de que pide expresamente que el Tribunal haga uso de su facultad de suspender el allanamiento ordenado.

    Fundamentos

    El juez J.. B.J.M. dijo:

  4. El recurso de queja se interpuso en tiempo y forma (art. 33 LPT). Sin embargo, él no puede prosperar.

  5. Una primer aclaración se impone: originalmente, la defensa apela el rechazo de las nulidades planteadas contra las providencia glosadas a fs. 1 y 3 de este legajo (respectivamente 7 y 31 de los autos principales). Ambas decisiones tienen un contenido netamente procesal, mediante la primera se acepta la competencia del fuero contravencional para evacuar el pedido del GCBA y se comunica al afectado el contenido del decreto n° 1059/01, la segunda medida identifica el sustento normativo que justifica la intervención judicial requerida por la Ciudad. Las dos cuestiones enunciadas involucran la interpretación de normas infraconstitucionales, ajenas por regla al recurso de...

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