Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 8 de Mayo de 2009, expediente 58.095

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2009

! Incidente de excepción de falta de acción por extinción de la acción penal (Art. 16 de la ley N° 24.769) promovido ~/ 1 por J.L.A. en causa N° 1.152/2006 (580) caratulada: "J.S.A. ASESORES EN SEGURIDAD

S.R.L. s/inf. ley 24.769". JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO N° 2 (Causa N° 58.095, Orden \ __ «",1

W 21.927. Sala "B").

Buenos Aires, ~ de mayo de 2.009.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, mediante la presentación de fs. 53, J.L.A.,

    junto· con su defensa oficial, desistió del recurso de apelación interpuesto a fs.

    31/34 de este incidente.

  2. ) Que, en atención a lo dispuesto por el arto443 primer párrafo del C.P.P.N., corresponde tener por desistido el recurso de apelación mencionado por .J

    « el considerando anterior, con costas.

    -

    ()

    -.

    u O Por ello, SE

    RESUELVE:

    O

    en :)

    l. TENER POR DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto a fs.

    31/34 de este incidente.

    11. CON COSTAS (arts. 443, 530 y ccs. del C.P.P.N.).

    R., notifiques e y devuélvase.

    C.A.P. JUEZ DE CAMARA ROBERTO ENRIQUE HORNOS

    JUEZ DE CAMARA

    MARCOS ARHOLiO GRABIVKEfl JUEZ DE CAMARA

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