Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 29 de Marzo de 2017, expediente CIV 006558/2009

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2017
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 6558/2009 ETCHEVERRY ESTEBAN MARIO c/ ESTUDIO FUSEO ARQUITECTOS S.R.L. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, 29 de marzo de 2017 fs.1148 VISTOS

Y CONSIDERANDO:

En atención a lo solicitado a fs. 1143 y merituadas las labores profesionales realizadas en esta instancia con posterioridad al dictado de la sentencia obrante a fs. 1005/1012, conforme a las pautas legales de los arts. 8, 14 y 33 de la ley 21.839 y su modificatoria ley 24.432, se regulan los honorarios del Dr. Tomás H.

F. Young, patrocinante de la codemandada Estudio Fuseo SRL, en la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($ 3.500).

Asimismo, por las labores desarrolladas en el momento procesal antedicho, se regulan los emolumentos correspondientes al Dr. J.R.E.G., apoderado de la actora, en la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000).

R., notifíquese y oportunamente devuélvanse los autos al juzgado de origen.

Se hace saber que aquellas partes e interesados que no hayan constituido su domicilio electrónico quedarán notificados en los términos del artículo 133 del Código Procesal...

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