Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 28 de Junio de 2018, expediente FLP 019291/2015/CA001

Fecha de Resolución28 de Junio de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II La Plata, 28 de junio de 2018.

Y VISTOS: Este expediente nº19291/2015/CA1, caratulado: “ESCURRA, Sergio

Alejandro c/ ESTADO NACIONALMINISTERIO DE SEGURIDAD Y DERECHOS

HUMANOSSERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/SUPLEMENTOS Y FUERZAS

ARMADAS Y DE SEGURIDAD”, procedente del Juzgado Federal nº3 de Lomas de Z..

Y CONSIDERANDO QUE:

EL JUEZ L.A. DIJO:

  1. Llega este expediente a la alzada en virtud del recurso de apelación de la

    demandada, interpuesto a fs.140, con expresión de agravios a fs.144/148, contra la sentencia

    de primera instancia de fs.132/137vta.

    La decisión apelada hizo lugar a la demanda y, en consecuencia, condenó al Estado

    Nacional Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos –Servicio Penitenciario

    Federal a liquidar el haber que percibe S.A.E. computando los

    suplementos y adicionales creados por los decretos 2807/93, 1275/05, 1223/06, 872/07,

    884/08, 752/09 con carácter remunerativo y bonificable.

    Asimismo, condenó también a la demandada al pago de las diferencias retroactivas

    devengadas desde la entrada en vigencia de cada uno de los decretos, derivadas de la

    incorporación de los mencionados suplementos a los haberes de actividad, con fecha de corte

    el 01/03/2015, de conformidad a lo establecido en su considerando 6º.

    Por último, impuso las costas a la vencida, difirió la regulación de los honorarios

    profesionales e intimó a la demandada a abonar la tasa de justicia (presentando la liquidación

    del monto imponible, bajo apercibimiento de multa y ejecución).

  2. He de señalar que el actor, agente en actividad del Servicio Penitenciario Federal,

    inició el presente expediente contra el Estado Nacional – Ministerio de Justicia, Seguridad y

    Derechos Humanos Servicio Penitenciario Federal con el objeto de que se le liquiden y

    abonen en su haber mensual, con carácter remunerativo y bonificable, incorporando al

    rubro sueldo, las sumas que resulten de la aplicación del decreto 2807/93, con la totalidad de

    las actualizaciones y adicionales efectuadas por los decretos 1275/05, 1223/06, 872/07,

    Fecha de firma: 28/06/2018 884/08 y 752/09.

    Alta en sistema: 03/07/2018 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., juez de camara #27058868#210151725#20180629101040313 Todo ello con retroactividad quinquenal, desde la fecha de interposición de la

    demanda, con más los intereses que correspondan hasta su efectivo pago.

    En tal sentido, indicó que mediante el decreto 2807/93 y

    sus actualizaciones se crearon para todo el personal de la fuerza a partir del 1 de enero del

    año 1994 los suplementos por “funciones jerárquicas de alta complejidad”,

    responsabilidad por cargo o función

    , “mayor dedicación” y “servicios de constante

    imprevisibilidad” con carácter no remunerativo y no bonificable, situación que trajo como

    corolario que las actualizaciones previstas en los decretos que le sucedieron poseyeran las

    mismas características.

    Afirmó que resulta ser un incremento de haberes encubierto y, en tal sentido, señaló

    que la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Federal 20.416 establece que las asignaciones

    de carácter general se incluirán en el haber mensual...

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