ersión PDF

Fecha de publicación19 Marzo 2021
Año2021
SecciónOtras Normas
Número de Gaceta3458
Propiedad Intelectual Nº 187332
BOLETÍN OFICIAL
Provincia de La Pampa
REPÚBLICA ARGENTINA
Gobernador:………………………………………………..…….………………..….…...............................................Sergio ZILIOTTO
Vice-Gobernador:…………………………………….……..……….…………..……............................Mariano Alberto FERNÁNDEZ
Ministro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos………….…....................................................................Daniel Pablo BENSUSAN
Ministro de Seguridad:………………………………………………………………………………………………Horacio DI NÁPOLI
Ministro de Desarrollo Social:…………………………………….................................................................Diego Fernando ÁLVAREZ
Ministro de Salud:.................................................................................................................................................... Mario Rubén KOHAN
Ministro de Educación:…………………………………….…….....................................................................Pablo Daniel MACCIONE
Ministro de la Producción:…………………………………………..………..……..................................Ricardo Horacio MORALEJO
Ministro de Conectividad y Modernización…………………………………………………………..……….Antonio CURCIARELLO
Ministro de Hacienda y Finanzas:..................................................................................................................... Ernesto Osvaldo FRANCO
Ministro de Obras y Servicios Públicos:................................................….................................................................Juan Ramón GARAY
Secretario General de la Gobernación:...................................................................................................................José Alejandro VANINI
Secretario de Energía y Minería:…………..………….………...……….….………....………….....………………………Matías TOSO
Secretario de Asuntos Municipales:...........................................................................................................................Rogelio SCHANTON
Secretario de Cultura…………………………….………..………………………………………………………Adriana Lis MAGGIO
Secretario Recursos Hídricos:...........................................................….............................................................................Néstor LASTIRI
Secretaria de la Mujer…………………………………………………….……………………………...........Liliana Vanesa ROBLEDO
Secretaría de Turismo:………………………………………………………………………………………………...Adriana ROMERO
Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo……………………………………………………...…………Marcelo PEDEHONTAÁ
Fiscal de Estado: .......................................................................…............................................................................... Romina SCHMIDT
Asesor Letrado de Gobierno:..........................................................…….........................................................Griselda Silvia OSTERTAG
AÑO LXVIII - Nº 3458 Dirección: Sarmiento 335 SANTA ROSA, 19 DE MARZO DE 2021
Tel.: 02954-436323 www.lapampa.gob.ar boletinoficial@lapampa.gob.ar
SUMARIO
Página
Decretos Sintetizados: N° 563, 4209, 4260/20, 149, 298, 316, 385, 387, 388, 390 a 392, 395, 397 a 430, 432 a 438, 440 a 444, 446 a 473,
475, 476, 480, 482, 483, 486 a 490, 493, 494, 500, 504 y 505…………………………………………………………………………………
2
Designaciones: N° 156, 396, 431, 481…………..………………………………………………………………………………………………
14
Dirección General de Defensa del Consumidor: Disp. N° 3 a 15, 18, 21 y 22…………………………………………………………………..
15
Ministerio de Desarrollo Social: Res. N° 171, 172, 175 y 176…………………………………………………………………………………..
21
Subsecretaría de Salud: Disp. N° 36, 45 a 49, 51 a 53, 56, 60 a 66, 68, 69, 77, 84 a 87, 89, 91, 92, 108, 110, 111 y 114……………………...
21
Ministerio de Educación: Res. N° 171, 173, 178 a 180………………………………………………………………………………………….
24
Ministerio de la Producción: Res. N° 95 a 99, 102 a 104………………………………………………………………………………………..
26
Subsecretaría de Asuntos Agrarios Dirección de Ganadería: Disp. N° 942…………………………………………………………………...
27
Dirección de Asistencia Técnica y Financiera: Disp. N° 1 a 16 y 18……………………………………………………………………………
27
Comité de Vigilancia Zona Franca: Res. Gral. N° 5……...……………………………………………………………………………………..
29
Ministerio de Obras y Servicios Públicos: Res. N° 42…………………………………………………………………………………………..
29
IPAV: Res. N° 73, 74, 86, 124, 132, 133, 136, 142, 146 y 152…………………………………………………………………………………
29
Secretaría de Asuntos Municipales: Res. N° 30, 35 a 39, 45 a 47……………………………………………………………………………….
32
Secretaría de Recursos Hídricos: Res. N° 16…………………………………………………………………………………………………….
33
ISS - SEMPRE: Disp. N° 4…..…………………………..………………………………………………………………………………………
33
Edictos:…………………………………………………………………………………………………………………………………………..
33
Avisos Judiciales:………………………………………………………………………………………………………………………………..
35
Sección Comercio, Industria y Entidades Civiles:………………………………………………………………………………………………
Concursos:……………………………………………………………………………………………………………………………………….
49
71
Pág. N° 2 Santa Rosa, 19 de marzo de 2021 BOLETÍN OFICIAL N° 3458
DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto Nº 563 -17-III-20- Art. 1º.- Reestructúranse
partidas del presupuesto vigente de acuerdo a lo
establecido en las planillas obrantes de fojas 3 a 272 del
Expediente Nº 3607/20.
Art. 2º.- Establécese que la ―Solicitud de
Reestructuración 328611‖, adjunta a foja 33, se
autoriza para realizar afectaciones de créditos, pero se dará
curso a los pagos correspondientes con el efectivo ingreso
de los fondos afectados a la Dirección Provincial de
Vialidad.
Art. 3º.- Autorizanse la ―Solicitud de
Reestructuración Nº 331589, Nº 311859, Nº 311861, Nº
311864, Nº311863, Nº 311865, Nº 311860, Nº 304613, Nº
304610, Nº 304612, Nº 304607, Nº 304608, Nº 329827, y
Nº 333933‖ adjuntas a fojas 28, , 30, 31, 32, 34, 35, 36,
50, 51, 52, 54, 55, 129 y 130, respectivamente, y en
consecuencia increméntese el total de recursos y el total de
erogaciones del Presupuesto General de la Administración
Provincial ( Administración Central y Organismos
Descentralizados) para el ejercicio 2020, autorizados por
Ley Nº 3211 y sus modificatorias.
Decreto Nº 4209 -29-XII-20- Art. 1º.- Apruébase la
contratación directa tramitada bajo Expediente
9160/20, y consecuentemente adjudicase a la firma
Aisplac S.R.L., el alquiler de tres contenedores de 20 pies
cada uno, destinados a la zona de Triage para ser
utilizados como sala de espera y realizar evaluación y
asistencia de pacientes en el Centro Emergente de
Asistencia Respiratoria, a un precio unitario de
$20.166,75, y cuyo encuadre legal recae e n la excepción
prevista en el artículo 34, inciso c) subinciso I) de la Ley
Nº 3 de Contabilidad - modificada por Norma Jurídica de
facto Nº 930, en un todo de acuerdo a lo establecido por el
artículo 8º del Decreto Nº 521/20. (S/Expte. Nº 9160/20).
Decreto Nº 4269 -30-XII-20- Art. 1º.- Otórgase
aportes no reintegrables por la suma de $ 703.433,97, a
favor de las Municipalidades y Comisiones de Fomento
que se detallan, por los montos y porcentajes que se
indican a continuación, correspondientes a los meses de
octubre, noviembre y diciembre del año 2020:
LOCALIDAD 40% 60% TOTAL
071-1-ALG. DEL ÁGUILA $ 56.274,72 $ 46.895,60 $ 103.170,32.-
092-7-PUELCHES $ 56.274,72 $ 46.895,60 $ 103.170,32.-
053-9-SANTA ISABEL $ 56.274,72 $ 46.895,60 $ 103.170,32.-
142-0- SANTA ISABEL $ 56.274,72 $ 46.895,60 $ 103.170,32.-
143-8-LA REFORMA $ 56.274,71 $ 46.895,60 $ 103.170,31.-
143-8-LIMAY MAHUIDA $ 46.895,60 $ 46.895,60 $ 103.170,31.-
091-9-GOBERNADOR DUVAL $ 46.895,60 $ 46.895,60.-
072-9- LA HUMADA $ 46.895,60 $ 46.895,60.-
162-8 PUELÉN $ 46.895,59 $ 46.895,59.-
223-8- CHACHARRAMENDI $ 46.895,59 $ 46.895,59.-
Decreto 149 -3-II-21- Art. 1º.- Créase la
Subsecretaría de Gestión de los recursos Físicos, en la
órbita del Ministerio de Salud.
Art. 2º.- Sustitúyase el Anexo VII del Decreto Nº
21/19 y sus modificatorios, por el Anexo I del presente
Decreto.
Art. 33º.- Establécese que la Unidad de Organización
―50‖; corresponderá a la ―Subsecretaría de Gestión de lo s
recursos Físicos‖ del Ministerio de Salud d e acuerdo a lo
establecido en el Anexo II del presente Decreto.
Art. 4º.- Apruébase la So licitud de Reestructuración
347106/2021 con el cargo necesario para dar
cumplimiento al presente
Art. 5º.- Establécese que el gasto necesario para el
cumplimiento del presente Decreto, se atenderá con las
reestructuraciones de las partidas que co rrespondan del
presupuesto vigente
Decreto Nº 298 -25-II-21- Art. 1º.- Déjase sin efecto
la Licitación Pública Nº 103/20, por no ajustarse al pliego
las ofertas presentadas, por aplicación del artículo 60 del
Decreto- Acuerdo Nº 470/73 y sus modificatorias.
Art. 2º.- Autorízase al señor Director General de
Administración Escolar a contratar en forma directa, y a
suscribir el Modelo de Contrato de Prestación de servicios
que como Anexo forma parte del presente Decreto, con el
señor de Servicios que como Anexo forma parte integrante
del presente Decreto, con el señor José Luis GIL. D.N.I.
Nº 22.490.031, los servicios de limpieza y jardinería en la
Escuela Nº 38 su Jardín de Infantes y el Centro Provincial
Nº 19 ubicados en la calle Chile Nº 1950 de la ciudad de
santa Rosa, según lo dispone el artículo 34 inciso c)
subinciso 2 de la le y Nº 3 de Contabilidad, modificada por
la Norma Jurídica de facto Nº 930 , por un monto mensual
de $ 401.273,59 de febrero a diciembre.
Decreto Nº 316 -26-III-20- Art. 1º.- Apruébase el
otorgamiento de un aporte económico mensual no
reintegrable a la empresas de TRANSPORTE PÚBLICO
DE PASAJEROS INTERURBANO, por un lapso de 4
meses, contados a partir del mes de marzo del corriente
año, de acuerdo a lo normado en el artículo 106 de la Ley
Nº 987.
Art. 2º.- Apruébase el listado de importes de aporte
económico máximos mensuales por línea, el que como
Anexo forma parte del presente Decreto. (S/Expte.
2391/21).
Decreto Nº 385 -3-III-20- Art. 1º.- Rectifícase el
Artículo del Decreto 100/21, el que quedará
redactado de la siguiente manera: ―Apruébase la
contratación directa tramitada bajo Expediente
13619/20 por la Subsecretaría de Administración del
Ministerio de Salud, y consecuentemente autorízase al
Señor Ministro de Salud a suscribir las Ordenes de
BOLETÍN OFICIAL N° 3458 Santa Rosa, 19 de marzo de 2021 Pág. N° 3
provisión Nº 226268 y 226269 destinada a la adquisició n
de quince equipos de anafilaxia, treinta tensiómetros
aneroides y treinta estetoscopios que serán destinados a los
diferentes Centros de Salud de la Provincia dependientes
de este Ministerio de salud para llevar ad elante la campaña
de vacunación contra el COVID -19, con encuadre legal
previsto en el artículo Nº 34, inciso C9 subinciso 1) de la
Ley Nº 3 de Contabilidad- modificada por Nor ma Jurídica
de Facto Nº 930, por imperio de lo establecido en el
Decreto Nº 521/20, artículo 8º; decreto mediante el cual se
declara en todo el territorio de la Provincia EL ESTADO
DE ALERT A MÁXIMA SANITARIA y
consecuentemente, adjudícase según se detalla
seguidamente (Expediente Nº 13619/20).
Decreto Nº 387 -3-III-20- Art. 1º.- Créase, en la
órbita del Ministerio de Educación y con dependencia
directa de la Subsecretaría de Educación, la Coordinación
Pedagógica de Políticas Educativas.
Art. 2º.- Establécese que la Coordinación Pedagógica
de Políticas Educativas tendrá como misión asistir a la
Subsecretaría de Educación en la coordinación de las
actividades pedagógicas entre las diferentes unidades de
organización para el desarrollo de las políticas educativas;
controlando el cumplimiento de los objetivos fijados por el
Ministerio d e Educación y proveyendo a la Subsecretar ía
de Educación de toda la información necesaria sobre la
implementación de las políticas educativas, en pos de
garantizar una educación equitativa, inclusiva y de calidad.
Art. 3°.- Sustitúyese el Anexo 1 del Decreto N°
4137/20, por el Anexo que forma parte integra nte del
presente Decreto, y -consecuentemente- apruébase el
organigrama del Ministerio de Educación que figura en el
mismo.
Art. 4°.- Apruébase la Solicitud de Reestructuración
de Cargos N° 00337752/21, obrante a fojas 12/15 del
Expediente N° 1868/21, con los cargos necesarios para dar
cumplimiento al presente trámite.
Art. 5°.- Establecese que el cargo de Coordinador
Pedagógico de Políticas Educativas será equiparado al
nivel de Director Ge neral de la esca la salarial de
remuneraciones de Funciones y Personal Superior del
Poder Ejecutivo Provincial.
Art. 6°.- Establecese que, en plazo de 90 días a partir
de la entrada en vigencia del presente Decreto, la
Subsecretaría de Educació n del Ministerio de Educación
deberá elaborar las funciones de la Coordinación
Pedagógica de Políticas Educativas.
Art. 7°.- Las erogaciones que resulten de la
aplicación del presente Decreto se imputarán a las partidas
correspondientes del presupuesto 2021.
Decreto Nº 388 -4-III-20- Art. 1 º.- Rectificar el
artículo 1° del Decreto N° 4363/20. El que quedará
redactado de la siguiente manera: ―Artículo 1°.-: Aceptase
la trans ferencia e fectuada por el Presidente de la Cámara
de Diputados. Mediante Resolución N| 187/20-PCD, del
automóvil legajo N° 3007 A, modelo CV, tipo sedán 4
puertas, color blanco banquise, dominio OAM 408, Motor
N° 10JFZ2022207, Chasis N° 8AD4D5FMJFG002636, en
favor de la Subsecretaría de Deportes, Recreación y
Turismo Social Responsable Patrimonial N| 1435-00/5-,
dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.
Decreto N° 390 -4-III-21- Art. 1°.- Declárase de
Interés Provincial Cultural al ―Primer Festival
Internacional de Cine Documental Pampa DocFest‖ a
desarrollarse del 4 al 6 de marzo del corriente, en la
localidad de Colonia Santa Teresa; de conformidad a lo
previsto en el artículo 1° de la Ley N° 1905 y su Decreto
Reglamentario N° 2718/18.
Decreto N° 391 -4-III-21- Art. 1°.- Apruébase la
compra directa tramitada bajo Expediente N° 2010/21 por
la Subsecretaría de Administración del Ministerio de
Salud, correspondientes a la adquisición de reactivos e
insumos de laboratorio que serán destinados a los centros
de salud de mayor complejidad dependientes del
Ministerio de Salud, con encuadre legal en la excepción
prevista en el Artículo 34°, inciso c) subinciso 1) de la Ley
Provincial N° 3 de Contabilid ad modificada por Norma
Jurídica de Facto N° 930, por imperio de lo establecido
por el Artículo 8 del Decreto 521/20 y
consecuentemente adjudícase según se d etalla. (S/Expte.
N° 2010/21)
Decreto N° 392 -4-III-21- Art. 1°.- Apruébase la
compra directa tramitada bajo Expediente N° 2010/21 por
la Subsecretaría de Administración del Ministerio de
Salud, y autorízase al señor Minsitro de Salud a suscribir
la Orden de Provisión N° 906. 673 para la adquisición de
medicamentos e insumos destinados a abastecer la
demanda causada por COVID-19, con encuadre legal en la
excepción prevista en el Artículo 34°, inciso c) subinciso
1) de la Ley Provincial N° 3 de Contabilidad modificada
por Norma Jurídica de Facto N° 930, por imperio de lo
establecido por el Artículo N ° 8 del Decreto N° 521/20 y
consecuentemente adjudíquese a la firma:
DISTRIBUIDORA URUGUAY S.R.L.: Ítem 3 por la
suma total de $ 2.291.000,00, q ue serán abonados dentro
de los 30 días corridos contra la recepción de conformidad
de los bienes y la documentación debidamente
conformada.
Art. 2°.- Declararse desiertos los ítems 1 y 2.
Decreto Nº 395 -5-III-20- Art. 1º.- Autorízase al
Director del establecimiento Asistencial padre Buod o de la
ciudad de general Acha, a suscribir el convenio con la
odontóloga María de los Ángeles ORTIZ, DNI N°
26.187.431, que como nexo forma parte del presente
Decreto, para realizar Guardias Activas en el mencionado
Establecimiento, en el marco del Decreto N° 181/11,
modificado por Decretos N° 5289, n° 5308/18, N° 3198/19
y N° 709/19.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR