Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 24 de Noviembre de 2023, expediente CAF 017973/2023

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA II

17973/2023 E.M., J.M. c/ EN-M

SEGURIDAD- GN- LEY 26394 s/AMPARO LEY 16.986

Buenos Aires, 24 de noviembre de 2023.- RDS

Y VISTOS:

Que en atención a lo solicitado en la presentación de fecha 26/10/2023, cabe tener en cuenta la naturaleza del asunto y el resultado obtenido; atento el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada, dado que se trata de la contestación del traslado del recurso extraordinario deducido por la accionada y la debida proporción que deben guardar los honorarios con los emolumentos regulados respecto al fondo de la cuestión, cabe regular en la suma PESOS CIENTO SETENTA

Y SIETE MIL SEISCIENTOS ONCE ($177.611) -equivalente a 7 UMA-,

los honorarios del DR. G.D.L., por su actuación como patrocinante, actuante en la defensa de la actora (arts. 16, 30, 31, 48,

ccdtes. y citados de la ley 27.423 - Dto. Nº 1077/17).

El importe del impuesto al valor agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios, cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo (conf.

esta Sala in re: “B.V.E.-.L.R.M.–.P.. de A..", del 16 de julio de 1996).

Para el caso de que el profesional no haya denunciado la calidad que inviste frente al IVA, el plazo para el pago del tributo sobre el honorario regulado, correrá a partir de la fecha en que lo haga.

Regístrese, devuélvase y notifíquese en la instancia de origen a cargo del interesado.-

JOSE LUIS LOPEZ CASTIÑEIRA

MARIA CLAUDIA CAPUTI

LUIS M. MARQUEZ

Fecha de firma: 24/11/2023

Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR