Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 7 de Septiembre de 2023, expediente CAF 025881/2023/CA001

Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

SALA IV

CAF 25881/2023 “ENRE c/ LAFONT, R. Y OTROS s/ INHIBITORIA”

Buenos Aires, septiembre de 2023.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto contra la resolución del 10.7.23; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que el juez de grado rechazó la inhibitoria planteada por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) para conocer en la causa CNT Nº

    52976/2022, caratulada “L., R.A. y otros c/ ENTE REGULADOR de la ELECTRICIDAD s/ diferencias de salarios”, con trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 10, en virtud de que se vinculaba al cobro de diferencias salariales emergentes del contrato que unía a las partes.

  2. ) Que, contra este pronunciamiento, el ENRE interpuso y fundó

    recurso de apelación (cfr. escritos digitalizados el 14.7.23 y 9.8.23), que fue concedido.

    En sus agravios, sostiene que ambas partes reconocen que la relación debe ser encuadrada en la Ley Contrato de Trabajo, de acuerdo a las propias prescripciones de la ley 24.065, y que la verdadera naturaleza del planteo consiste en determinar si la gratificación cuyo pago se reclama tiene o no las características que hacen procedente su inclusión en las previsiones del art. 8º del decreto 324/11, por lo que la cuestión no sólo radica en una materia laboral con el análisis de la constitucionalidad de la norma reseñada, sino que también se deben analizar actos del directorio del ENRE, las leyes 24.065, 24.156 y de Presupuesto, todas ellas normas de carácter federal.

    En línea con lo expuesto, invoca el precedente “L., en el que la Corte Suprema de Justicia de la Nación concluyó que resultaba determinante el carácter público del organismo para establecer la competencia del fuero.

    Destaca que en autos no se discute el régimen laboral aplicable a los empleados del ente, sino cuál es la naturaleza del derecho que debe aplicarse a fin de resolver la contienda que —a su entender— es de derecho público.

  3. ) Que, el representante del Ministerio Público que actúa ante esta Cámara se pronunció por confirmar la resolución apelada, en razón de que el actor reclamaba el cobro de gratificaciones y del Sueldo Anual Complementario (SAC)

    correspondientes a los años 2019, 2020 y 2021, cuyo pago había sido dejado sin efecto por decreto 324/11.

    Sobre dicha base, entendió que la cuestión de fondo debía ser analizada a la luz de las previsiones del régimen de contrato de trabajo, sin que entrasen en juego —prima facie—...

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