Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 18 de Abril de 2017, expediente CAF 001192/2014/CA002 - CA001

Fecha de Resolución18 de Abril de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALAI 1192/2014 ENRE c/ EDESUR SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO (J. 10)

Buenos Aires, de de 2017.- HG Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que apela Edesur SA el auto de fs.

    189 por el que, al hacer efectivo el apercibimiento contenido en la intimación cursada a fs. 176, la señora jueza titular del juzgado nº 10, le impuso una sanción diaria de $ 200 por cada día de demora en el cumplimiento de la sentencia dictada en autos (conf. fs. 190/193, fs.

    195/196 y fs. 197).

  2. Que en su memorial el recurrente dice que al tratarse de una ejecución pecuniaria no concurren las razones que justifiquen la imposición de astreintes pues “los deberes impuestos por la sentencia incumplida —dación de una suma pecuniaria que actualiza intereses—, son susceptibles de ejecución forzada”; en consecuencia pide que se las deje sin efecto

  3. Que así planteada la cuestión, cabe destacar que aun con el amplio criterio que pregona esta sala a la hora de examinar las expresiones de agravios (causas “Escobar”, “Suazo”, “E.N.- C.N.R.T. disp. 7964 y otra”, “Ferla” y “G.”, pronunciamientos del 20 de marzo de 2012, y del 19 de febrero, 12 de marzo, 27 de agosto y 31 de octubre de 2013, respectivamente, entre otras), el memorial examinado reúne los requisitos exigidos en el art.

    265 del código procesal.

    En efecto, ello es así en la medida en que las argumentaciones ensayadas en él...

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