Edictos del día 22/06/2005

Fecha de la disposición22 de Junio de 2005

PARTICULARES

Transferencia Comercial

Los señores Antonio Omar Vázquez, DNI N° 13.852.109 y Jorge Daniel Vázquez, DNI N° 22.963.165 ceden la explotación comercial, por fallecimiento de Antonio Vázquez, ubicación Charcas 4500, Capital Federal, Hotel San Jorge.

A Josefa Justo González, española, DNI N° 93.315.873.

Solicitantes: Antonio Omar Vázquez y Jorge Daniel Vázquez

EP 56

Inicia: 17-6-2005 Vence: 24-6-2005

CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ABOGADOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Buenos Aires, 20 de mayo de 2005.

Resolución Nº 019-D/05.

Y vistos: la necesidad de contar con un Reglamento de Compras y Contrataciones:

Y considerando:

El dictamen y anteproyecto emitido por el Asesor jurídico de CASSABA.

Los aportes efectuados por los Directores y Directoras en el debate que se realizó sobre el tema en cuestión.

La coincidencia unánime sobre el mérito del texto consensuado, que permite atender adecuadamente, con transparencia, eficiencia y eficacia las tareas de selección previas del/los contratista/s, a quienes se les encomiende la provisión de cosas, bienes o servicios para CASSABA.

Por todo ello, en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 130 de la Ley Nº 1.181,

EL DIRECTORIO DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ABOGADOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º

) Aprobar el Reglamento de compras y contrataciones que como Anexo 1 forma parte de la presente resolución.

Artículo 2º

) Comuníquese, publíquese y archívese.

Resolución Nº 019-D/05 aprobada en la reunión del Directorio de fecha 14 de abril de 2005. Conste.

Hugo Germano

Presidente

Stella Maris Borrego

Secretaria

Anexo 1 Artículos 1 a 17

Reglamento de Compras y Contrataciones

Artículo 1º Ámbito de Aplicación

Las disposiciones del presente Reglamento serán de aplicación a todos los procedimientos de contratación para la adquisición de bienes y servicios que se realicen en el ámbito de CASSABA, con excepción de:

  1. Las contrataciones de personal;

  2. Las compras por caja chica;

  3. Los contratos que se celebren con el Estado o cualquiera de sus entes, o con instituciones multilaterales de crédito, siempre que la prestación del Estado u organismo de que se trate sea directa, sin subcontratar;

  4. Los contratos que se celebren con las entidades que componen el sistema financiero y los previstos en los incisos 1° a 8° del artículo 87 de la Ley N° 1.181.

Artículo 2° Procedimientos: Las contrataciones se llevarán a cabo cumpliendo alguno de los siguientes procedimientos:
  1. Licitación;

  2. Contratación directa;

  3. Trámite simplificado;

Artículo 3° Inicio: Los trámites de contratación se iniciarán con el requerimiento del sector respectivo, o mediante resolución del área competente, las que estimarán el costo de la contratación

En su defecto, la estimación de costos será realizada por la oficina de contrataciones.

Antes de dar curso a un trámite de contratación, se certificará la disponibilidad presupuestaria.

El responsable de la oficina encargada de las compras y contrataciones, seguirá los procedimientos previstos en el presente reglamento, de acuerdo a los montos presupuestados del contrato y la naturaleza de los bienes y servicios a adquirir.

Artículo 4° Licitación: Las adquisiciones de bienes y servicios se realizarán por el procedimiento de licitación, salvo que concurra alguna de las causales previstas en los artículos 6° u 9°.
Artículo 5° Trámite de Licitación: El trámite de licitación se regirá por las siguientes disposiciones.
  1. - Llamado: El acto que disponga el llamado a licitación dispondrá:

    1. El objeto de la contratación, en términos claros y precisos;

    2. Establecerá las condiciones de contratación. Cuando se apruebe un pliego de condiciones generales, todas las contrataciones se entenderán regidas por el mismo. Sin embargo, el Directorio podrá aprobar pliegos especiales para una contratación determinada.

    3. Establecerá, de resultar necesario, el pliego de condiciones particulares y el pliego de condiciones técnicas que rijan para la contratación.

    4. Indicará, en su caso, si el proceso licitatorio se llevará a cabo con etapas múltiples, u otras modalidades o procedimientos.

    5. Indicará, de resultar necesario, las garantías de oferta y adjudicación que deban presentar los interesados y, en su caso, el régimen de sanciones aplicable al contrato.

    6. Aprobará, de resultar necesario, el modelo de contrato a suscribir con el adjudicatario.

    7. Establecerá el plazo para la presentación de ofertas, el plazo de mantenimiento de las ofertas y la fecha de apertura de las mismas.

    8. Indicará los plazos y condiciones de publicidad del llamado.

  2. - Invitación: la unidad de contrataciones invitará en forma fehaciente a ofertar a por lo menos tres (3) empresas que provean el bien o servicio a contratar, indicando las condiciones de contratación y reglamento de licitación aplicable.

    La invitación se realizará con la antelación suficiente como para otorgar una posibilidad razonable de presentarse como oferentes.

    El llamado se exhibirá también en la cartelera de la unidad de contrataciones de CASSABA.

    El pliego podrá establecer que, además de las empresas que se inviten, puedan presentarse todos los interesados. En tal caso, el llamado a licitación se publicará en la forma que prevea el pliego y, como mínimo, por un (1) día en el Boletín Oficial, con una antelación de por lo menos diez días del plazo para la apertura de ofertas.

  3. - Oferentes: Los oferentes deberán tener capacidad legal para contratar, no estar quebrados o concursados y cumplir, respecto de la contratación de que se trate, con todas las disposiciones tributarias, laborales y previsionales vigentes.

    El pliego podrá prever que no se acepten oferentes con quienes CASSABA tenga o haya tenido un conflicto judicial, hayan sido contratistas cuyo contrato haya sido rescindido por su culpa exclusiva o lo hayan cumplido insatisfactoriamente, a juicio de CASSABA.

  4. - Requisitos de la Oferta: La oferta será redactada en idioma nacional y presentada con la cantidad de copias que indiquen los pliegos.

    Los sobres, cajas o paquetes se presentarán perfectamente cerrados y contendrán en su cubierta la identificación de la contratación a que corresponden, el día y hora de la apertura y la identificación del oferente.

    Las ofertas se admitirán hasta el día y hora fijados en el llamado y el original deberá estar firmado, en todas sus hojas, por el oferente o su representante legal. Este deberá salvar las enmiendas y raspaduras, si las hubiere.

    Los oferentes deberán constituir domicilio en la ciudad de Buenos Aires.

    Cada oferta deberá estar acompañada de la constancia de retiro de los pliegos correspondientes, en su caso, del recibo de pago del pliego y, de corresponder, de la constancia de constitución de la garantía.

    No serán admitidas las ofertas que: a) no estuvieren firmadas por el oferente o su representante; b) estuvieren escritas con lápiz; c) carecieren de la garantía o de las muestras que exija el pliego; d) formuladas por personas inhabilitadas o suspendidas para contratar; e) contuvieren condicionamientos; f) pre-sentaren raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidad, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, y no estuvieren debidamente salvadas; g) contuvieren cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación o incurrieren en otras causales de inadmisibilidad previstas en las condiciones del pliego. Los errores formales intrascendentes o excusables no constituirán causales suficientes para la inadmisibilidad de la oferta.

  5. - Contenido de la Oferta: La oferta especificará:

    1. El precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en las cláusulas de contratación, el precio total del renglón, en números, y el total general de la oferta, expresado en letras y números, determinados en la moneda de cotización fijada en el pliego.

    2. La cotización por cantidades netas y libres de envase y de gastos de embalaje, salvo que el pliego previera lo contrario.

      Los oferentes podrán presentar ofertas por volúmenes parciales salvo que el pliego la prohíba expresamente.

      En la oferta, se podrá, después de haber cotizado por renglón, realizar una oferta por el total de los efectos ya propuestos o grupo de renglones, sobre la base de su adjudicación íntegra.

    3. El origen del producto cotizado. Si no se indicara lo contrario, se entiende que es de producción nacional.

      En aquellos casos en que se solicite la presentación de muestras, el tratamiento de las mismas se regirá por lo dispuesto en el pliego. Toda muestra que se entregue y que no sea retirada dentro de los treinta (30) días de producida la adjudicación, fracaso o rechazo de la oferta, podrá ser eliminada o destruida, en la forma más conveniente, a criterio de CASSABA.

  6. - Efectos de la Presentación de la Oferta: La presentación de la oferta implicará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las cláusulas que rigen el llamado a contratación.

  7. - Mantenimiento de la Oferta: Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término que se fije en los pliegos, contado a partir de la fecha del acto de apertura. Si los pliegos no previeran un plazo, se entenderá que el mismo es de diez (10) días.

  8. - Apertura de las Ofertas: En el lugar, día y hora determinados para celebrar el acto, se procederá a abrir las ofertas en presencia del titular de la unidad de contrataciones y de todos aquellos que desearan presenciarlo, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres, cajas o paquetes dispuestos para ser abiertos. Cuando la importancia de la contratación así lo justifique, el titular de la unidad de contrataciones podrá requerir la presencia de un escribano.

    A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no podrán recibirse otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado.

    Si el...

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