EDICTO NOTIFICATORIO MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS
Fecha | 06 Junio 2019 |
Número de registro | 28620 |
Emisor | DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA |
Por Disposición Administrativa N° 53/19 de fecha 24 de Enero de 2019, la Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, dentro del legajo administrativo N° 13026, referenciados administrativamente como “IBAÑEZ, ESTEFANIA MIA S/ MEDIDA EXCEPCIONAL” que tramitan por ante el equipo Interdisciplinario N.º 3perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, sírvase notificar por este medio al Sr. HERNAN GASTON IBAÑEZ .- DNI 35.565.121, sin domicilio conocido, que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: NOTIFICACION Rosario, 16 de Enero de 2019.- Sr. HERNAN GASTON IBAÑEZ .- DNI 35.565.121 DOMICILIO: DESCONOCIDO Por medio de la presente me dirijo a Ud. a efectos de hacerle saber que en las actuaciones administrativas “IBAÑEZ, ESTEFANIA MIA S/ MEDIDA EXCEPCIONAL”; de trámite por ante el Equipo Interdisciplinario de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción de Rosario; se ha dictado lo siguiente: Rosario, 24 de enero de 2019,- MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL DE DERECHOS – DISPOSICIÓN N.º 53/19… VISTO ….Y CONSIDERANDO …...DISPONE 1.- DICTAR el ACTO ADMINISTRATIVO de Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación a los niños ESTEFANIA MIA IBAÑEZ, DNI: 52.607.407, nacida en fecha 28/01/13 y MAICOL LOVRETA, DNI no inscripto, nacido en fecha 09/08/18, ambos hijos de la Sra. Noelia Soledad Biancuchi, DNI: 37.901.119, con domicilio en la calle Pasaje Saenz N.º 5021 de la ciudad de Rosario. En tanto, la niña de apellido Ibañez es hija además del Sr. Hernán Gastón Ibañez, DNI: 35.588.121, con domicilio desconocido, consistente en la separación temporal de los niños de su centro de vida, y su permanencia temporal en un Centro Residencial dependiente del Sistema de Protección Excepcional; por un plazo de 90 días, sin perjuicio de prórroga de acuerdo a lo establecido en el art 52 inc. B de la Ley Provincial Nº 12.967, su modificatoria Ley Nª 13.237 y su respectivo Decreto Reglamentario.-
2.- NOTIFICAR dicha Medida Excepcional a los representantes legales de los niños.-
3.- DISPONER notificar la adopción de lo resuelto y solicitar el control de legalidad, al Tribunal Colegiado de Familia interviniente, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el art 62 de la Ley nº 12.967.-
4.- OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional competente y oportunamente ARCHIVESE.
“Rosario, 16 de Enero de 2019.- MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE URGENCIA.- ART. 58 BIS LEY PROVINCIAL N° 12.967.- ORDEN N° 16/19.- Atento al pedido de Adopción de Medida de Protección Excepcional de Derechos del equipo interviniente respecto a la situación de la niña ESTEFANIA MIA IBAÑEZ, DNI...
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