EDICTO NOTIFICATORIO

Fecha25 Noviembre 2021
Número de registro34995
EmisorDIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA – ROSARIO

Por Disposición Administrativa N° 169/21 de fecha 04 de Noviembre de 2021, la Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia – Rosario - Ministerio de Desarrollo Social - Provincia de Santa Fe, dentro del Legajo Administrativo N° 14.490, N° 14.489 y N° 14.500 referenciados administrativamentes como “ GODOY, EVELYN CLAUDIA Y OTROS s/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL” que tramitan por ante el equipo interdisciplinario perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario, Ministerio de Desarrollo Social, sírvase notificar por este medio a la Sra. JESICA LEITES - DNI 36.622.892 - CON ULTIMO DOMICILIO CONOCIDO EN CALLE MALVINAS ARGENTINAS Nº 430 DE LA CIUDAD DE PEREZ, que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 04 de Noviembre de 2021, DISPOSICIÓN Nº 169/21 VISTO... CONSIDERANDO.... DISPONE: 1.- DICTAR el acto administrativo de Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación los niños EVELYN CLAUDIA GODOY - DNI 50.061.217 - nacida en fecha 16 de Enero de 2010, ISAIAS EZEQUIEL GODOY - DNI 51.325.434 – nacido en fecha 04 de Agosto de 2011, hijos de la Sra. Jésica Leites - DNI 36.622.892 - con domicilio en calle Malvinas Argentinas Nº 430 de la Ciudad de Pérez, Provincia de Santa Fe y del Sr. Pablo Ezequiel Godoy – DNI N° 34.038.386 -, fallecido, y RODRIGO JEREMIAS LEITES - DNI 54.201.840 – nacido en fecha 23 de Julio de 2014, hijos de la Sra. Jésica Leites - DNI 36.622.892 - con domicilio en calle Malvinas Argentinas Nº 430 de la Ciudad de Pérez, Provincia de Santa Fe, sin filiación paterna acreditada.-2.- NOTIFICAR dicha Medida Excepcional a la progenitora y/o representantes legales y/o guardadores de los niños.-3.- DISPONER la notificación la adopción de lo resuelto y solicitar el control de legalidad al Tribunal Colegiado de Familia interviniente, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el art 62 de la Ley nº 12.967.- 4.- OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional competente y oportunamente ARCHIVESE.- Fdo. Patricia Virgilio, Titular de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia - Ministerio de Desarrollo Social.- Rosario.- Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de la lista de defensores oficiales del poder judicial de la provincia de Santa...

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