Edicto Notificatorio

Fecha de publicación18 Septiembre 2018
Fecha de disposición18 Enero 2018
SecciónVII- AVISOS OFICIALES

EDICTO NOTIFICATORIO

Por Resolución de la Sra. Delegada Regional, Delegación San Lorenzo de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -2da Circunscripción- ,hago saber a la Sr, LUNA AYELEN. que dentro del legajo administrativo referenciado administrativamente como “LUNA ABRIL S/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL DE DERECHOS.” que tramita por ante la Delegación San Lorenzo de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, se dirige a Ud. el presente a fin de NOTIFICAR la siguiente orden que a continuación se transcribe: San Lorenzo 19 de julio de 2018. Disposicion N° 47/18 LA DIRECTORA PROVINCIAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ; ADOLESCENCIA Y FAMILIA, DISPONE: 1) ADOPTAR la Medida de Protección Excepcional sugerida con relación a la niña Luna Abril, DNI N° 54.203.824, con fecha de nacimiento 16/04/2014, hija de la Sra. Luna Ayelen, DNI desconocido, domicilio desconocido. La referida medida consiste en la separación temporal de su centro de vida y el alojamiento de la niña, por un plazo de 90 días, en el ámbito de Familia Ampliada con su tía materna, la Sra. Luna Gisela, DNI 37.074.757 domiciliada en calle Namuncura N° 778 de la localidad de Granadero Baigorria, de acuerdo a lo establecido en el Art. 52 inc. A de la Ley Provincial N° 12967 y su respectivo Decreto Reglamentario. 2) DISPONER que se notifique dicha medida a los representantes legales y/o a los guardador/es de la niña; 3) DISPONER que se notifique asimismo la adopción de la presente Medida de Protección Excepcional de Derechos y SOLICITAR el control de legalidad, al Tribunal Colegiado de Familia que corresponda, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el artículo 62 de la Ley N° 12.967; 4) OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente ARCHIVESE.- Fdo: Dra Claudia Aguilera, Directora Provincial Promoción de los derechos de la niñez, adolescencia y familia.

A continuacion se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la ley Nº 12.967 y Dto 619/10

ART 60

RESOLUCIÓN. La autoridad administrativa del ámbito regional y la autoridad de aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada, alguna Medida de...

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