Edicto

Fecha04 Enero 2018
Número de registro21215
EmisorMINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN

Por el presente se hace saber a la Sra. Zulema LUCIANI, que en los autos caratulados: “Sec. Sist. Hídrico, Forestal y Minero E/ Acta de Infracción N° 001810 Ley de Pesca Sin Licencia Habilitante para la Venta. Sra. Luciani, Zulema.-”, se ha dictado la Resolución Nº 098 de fecha 29 de febrero de 2016, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente Nº 00701-0082209-7 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO

Por ello...

...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Sancionar a la señora Zulema LUCIANI, D.N.I. N° 5.435.901, con domicilio en Ruta Provincial N° 1 km 1,8 de la localidad de Colastiné Norte, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, con una multa de un valor correspondiente a 10.000 M.T. (DIEZ MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes al día de la fecha a la suma de $ 2.000 (PESOS DOS MIL), y proceder al comiso definitivo de 25 tarariras, 50 bogas despinadas, 25 bogas, 15 patíes y ½ surubí, por infracción al artículo 38 de la Ley N° 12212, sin licencia habilitante para la venta de pescado.- ARTÍCULO 2°.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los 15 (quince) días contados a partir de recibida la notificación fehaciente mediante depósito bancario en la Cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sito en Avenida Aristóbulo del Valle N° 8700 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Nº 12212 modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 12482.- ARTÍCULO 5º.-Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: Luis CONTIGIANI – Ministro de la Producción.-" Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 4174/15, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

S/C 21215 En. 3 En. 4

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