Edicto

Fecha04 Enero 2018
Número de registro21213
EmisorMINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN

Por el presente se hace saber al señor Roberto FERNANDEZ, que en los autos caratulados: “Sec. del Sist. Hídrico, Forestal y Minero – E/ Acta de Infracción N° 3913 – Ley 12212 – Sin licencia arte de pesca de inferior medida – Sr. Roberto Fernandez”, se ha dictado la Resolución Nº 1012/15, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente Nº 00701-0081861-4 del Sistema de Información de Expedientes, y considerando:.... Por ello...

...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Sancionar al señor Roberto FERNANDEZ, D.N.I. Nº 31.385.442, con domicilio en Barrio Sur de la localidad de Cayastá, Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, con una multa de un valor correspondiente a 6.000 M.T. (SEIS MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS) equivalentes a la suma de $ 600 (PESOS SEISCIENTOS), y proceder al comiso definitivo de 1 red por infracción a los artículos 19, 24 y 44 de la Ley Nº 12212, sin licencia habilitante para la pesca comercial y tenencia de artes prohibidas para la pesca.-ARTÍCULO 2º.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los 15 (quince) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito bancario en la Cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sita en calle Aristóbulo del Valle Nº 8700 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.-ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.-ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Nº 12212 modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 12482.-ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Fdo. C.P.N. Carlos Alcides FASCENDINI – Ministro de la Producción". Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 4174/15, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la...

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