Edicto

Fecha30 Mayo 2018
Número de registro22206
EmisorMINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN

Por el presente se hace saber al señor Luis MANGOLO que en los autos caratulados: “E/Acta de Infracción N° 2472. Ley N° 12212. Sr. MANGOLO Luis. Localidad Colastiné.”, se ha dictado la Resolución Nº 152 de fecha 23 de abril de 2018, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente Nº 00701-0100433-9 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:...... Por ello...“...LA MINISTRA DE LA PRODUCCIÓN R E S U E L V E: ARTICULO 1º.- Sancionar al señor Luis MANGOLO D.N.I. Nº 28.332.474, con domicilio en Manzana Nº 1 de Alto Verde de la localidad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 10.000 M.T (DIEZ MIL MODULOS TRIBUTARIOS) equivalentes a la fecha a la suma de $ 4.000 (PESOS CUATRO MIL) y proceder al comiso definitivo de una malla de 80 metros y 8 centímetros de apertura, por infracción a los artículos 24 y 44 de la Ley Nº 12212, sin licencia para la pesca comercial, con artes o medios no habilitados.- ARTICULO 2º.- La suma a que refiere el artículo 1º deberá depositarse a la orden del Ministerio de la Producción en la Cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., dentro de los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente de la presente. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y Pesca, sito en Boulevard Pellegrini 3100 de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización del acto administrativo.- ARTICULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTICULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente, la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto...

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