Edicto

Fecha de Entrada en Vigor14 de Abril de 2017
EmisorMinisterio de la Producción
Fecha de la disposición26 de Septiembre de 2016

EDICTO

Por el presente se hace saber al Sr. Salvador LEIVA, que en los autos caratulados: “Sec. Sist. Hídrico, Forestal y Minero – E/Acta de infracción N° 1319 Ley N° 12212 Sr. Leiva, Salvador.-”, se ha dictado la Resolución Nº 625 de fecha 14 de julio de 2016, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente Nº 00701-0095042-6 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:...... Por ello... “...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1º.- Sancionar al señor Salvador LEIVA, D.N.I. N° 35.437.969, con domicilio en Santiago del Estero s/n de la localidad de Bella Vista, Departamento Bella Vista, Provincia de Corrientes, con multa de un valor correspondiente a 10.000 M.T. (DIEZ MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la suma de $ 2.000 (PESOS DOS MIL), y proceder al comiso definitivo de 1 malla de 100 metros y 1 dorado, por infringir los artículos 24 y 44 de la Ley N° 12212 y 2 de la Ley N° 12722, pescar sin licencia de pesca comercial y con artes o medios no habilitados, especie prohibida (dorado).- ARTÍCULO 2º.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito bancario en la cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sita en Avenida Aristóbulo del Valle 8700 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el...

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