Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 9 de Noviembre de 2021, expediente CAF 005680/2014/CA002 - CA001
Fecha de Resolución | 9 de Noviembre de 2021 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-
SALA I
5680/2014 DURAN, R.H. c/ EN-M DEFENSA-
ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y
DE SEG (J.9)
Buenos Aires, 9 de noviembre de 2021.- AA
El juez R.E.F. dijo:
-
Que el juez de primera instancia dispuso solicitar “a la demandada informe en el término de 10 días: 1) si la deuda en concepto de los intereses aprobados en el día 14/04/2021, cuenta[n]
con partida presupuestaria asignada. En su caso, manifieste en qué
plazo se hará efectivo el depósito; 2) En su defecto si se produjo la comunicación prevista por el art. 22 de la Ley 23.982”.
-
Que contra esa decisión, la parte actora dedujo recurso de revocatoria con apelación en subsidio.
Señaló que:
(i) “no es razonable exigir que, para el cobro de las sumas que se van devengando en concepto de intereses, se deba cumplir nuevamente con el procedimiento previsto en la ley 23.982”;
(ii) “la previsión se debe hacer en forma suficiente para cancelar en forma íntegra el crédito, cuando el reconocimiento judicial firme se establezcan el monto del capital y las pautas para el cómputo de los intereses, extremos que permiten al deudor efectuar la previsión siempre y cuando obre con diligencia y sin el propósito de demorar el pago que es debido “.
El juez rechazó el recurso de revocatoria y concedió la apelación. Los agravios no fueron contestados.
Fecha de firma: 09/11/2021
Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA
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Que el planteo formulado debe ser admitido de conformidad con los fundamentos desarrollados por esta sala a partir de la causa “GCBA y otro c/ EN-ONAB y/o propietario J.S. 3701 s/ ejecución fiscal” —pronunciamiento del 29 de septiembre de 2014—, que reiteré en los votos que suscribí en las causas “C.L.F. y otros c/ EN -M° Defensa -AA - dtos 1104/05 871/07 s/personal militar y civil de las ffaa y de seg” —
pronunciamiento del 18 de julio del 2019—, “P.C.A. y otros c/ EN -DIE -Ejercito dto 1104/05 1053/08 s/ personal militar y civil de las FFAA y de seg” —pronunciamiento del 11 de agosto de 2020— y “B.J.L. y otros c/ EN -M§ Defensa -
Ejército-dto 2769/93 871/07 s/personal militar y civil de las ffaa y de seg” —pronunciamiento del 25 de noviembre de 2020—, entre muchísimas otras).
La previsión presupuestaria debe incluir el cálculo de los respectivos intereses hasta el...
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