Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, 15 de Octubre de 2012, expediente 67.568
Fecha de Resolución | 15 de Octubre de 2012 |
Poder Judicial de la Nación Expediente nro. 67.568 – S.. 1
Bahía Blanca, 15 de octubre de 2012.
VISTO: El presente expediente nro. 67.568 de la secretaría nro. 1, caratulado “‘D., G., y otros, imp. de inf. art.
145 bis del CP’; Incidente de excarcelación de IGLESIAS,
V.H.”, venido del Juzgado Federal nro. 1 de la sede, para resolver sobre la apelación deducida a fs. sub 25/v. contra el auto de fs. sub 18/19.
El señor Juez de Cámara, doctor N.L.M.,
dijo:
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La decisión en crisis concede la excarcelación de V.H.I. (conducta prima facie incursa en el delito de trata de personas –agravado– {CódPen: 145 bis- 2 y 3})1.
2.1. El fiscal apeló a f. sub 25/v., sobre la base de la pena en expectativa, la conducta del encartado y su presentación estratégica –no espontánea–. Agregó que “(e)l patrimonio, arraigo y ausencia de antecedente no son suficientes para fundar la excarcelación frente a la gravedad del delito, el poder coercitivo que el encartado ejercía sobre las víctimas y los medios con los que contó para mantenerse prófugo de la justicia”.
2.2. A f. sub 48, la Fiscal General subrogante mantuvo los recursos interpuestos (CódPrPen.: 453), y a fs. sub 52/53 presentó
el informe del CódPrPen: 454 (ley 26.374 y acordada CFABB 72/08:
4to. y 5to.).
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La CámNacCasPen2, en concordancia con la línea del fallo plenario “D.B.”, señaló que: “...el análisis sobre la posible intención del imputado de evadir la acción de la justicia o entorpecer el curso de la investigación puede –según el caso– ser realizado valorando la severidad de la pena conminada en abstracto; la gravedad de los hechos concretos del proceso; la naturaleza del delito reprochado; el grado de presunción de culpabilidad del imputado; la peligrosidad evidenciada en su accionar; las circunstancias personales del encartado (individuales, morales, familiares y patrimoniales, si tiene arraigo,
familia constituida, medios de vida lícitos, antecedentes penales o 1 C.fr. fs. sub 36/42 v.
contravencionales, rebeldías anteriores, entre otros) que pudieran influir o orientar su vida, el cumplimiento de futuras obligaciones procesales y aumentar o disminuir el riesgo de fuga; la posibilidad de reiteración de la conducta delictual; la complejidad de la causa y la necesidad de producir pruebas que requieran su comparecencia, así como la posibilidad de que obstaculice la investigación impidiendo o demorando la acumulación de prueba o conspirando con otros que estén investigados en el curso normal del...
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