Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA V, 4 de Mayo de 2016, expediente CNT 021602/2008/CA001 - CA002

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2016
EmisorSALA V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA V Expte. Nº CNT 21602/2008/CA1-CA2 SENTENCIA INTERLOCUTORIA 33282 AUTOS: “DUARTE CESAR LUIS c/ MARMAT S.A. Y OTROS s/

DESPIDO” (JUZGADO Nº 44).

Buenos Aires, 4 de MAYO de 2016.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 675 por Federación Patronal Seguros S.A. por considerar elevados los honorarios fijados a la representación letrada de la parte actora en la resolución de fs. 674, por sus trabajos de ejecución (concedido a fs. 688).

Y CONSIDERANDO:

La regulación de honorarios profesionales debe ajustarse a las normas legales, salvo supuestos excepcionales debidamente fundados.

Teniendo en cuenta las tareas realizadas por la parte actora en la etapa de ejecución -detalladas a fs. 672-, el monto comprometido –ver liquidación de fs. 642, aprobada a fs. 658-, las etapas procesales cumplidas, así como también las pautas arancelarias vigentes; el Tribunal considera que los honorarios regulados a la representación letrada de la parte actora no resultan elevados y los confirmará en esta instancia (conf. art. 40 Ley 21.839).

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar los honorarios de la representación letrada de...

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