Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1, 14 de Septiembre de 2022, expediente FSM 000527/2019/CA001

Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I

Causa N° FSM 527/2019/CA1 “DUARTE,

A.O. c/ ANSES s/REAJUSTES

VARIOS” – Juzgado Federal de Campana,

Secretaria Civil Nº 2 - CFASM, SALA I, SEC.

CIVIL N° I – SENTENCIA

En San Martín, a los 14 días del mes de septiembre de dos mil veintidós, reunidos en Acuerdo los señores Jueces de la Sala I de la Cámara Federal de San Martín, a fin de pronunciarse en los autos caratulados “DUARTE, A.O. c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS”,

de conformidad al orden de sorteo,

El Dr. J.P.S. dijo:

  1. La parte demandada apela la sentencia de fecha 21 de abril de 2022. La recurrente solicita la aplicación de los índices previstos en la ley 27.260,

    en el decreto 807/16 y en las resoluciones SSS 6/16 y ANSeS 56/18 -en sustitución del ISBIC-.

    Para fundamentar su posición, cita jurisprudencia.

    Por último, hace reserva del caso federal.

  2. Ahora bien, he de puntualizar que no puede soslayarse el espíritu tutelar que debe animar la aplicación de la normativa previsional y el carácter alimentario de los beneficios de esta naturaleza, y que cada caso exige una consideración particular y cuidadosa con el fin de que -en los hechos- no se afecten los principios de integralidad e irrenunciabilidad, entre otros.

    Con respecto a la Prestación Básica Universal (PBU), cabe señalar que ésta debe ser considerada como 1

    Fecha de firma: 14/09/2022

    Alta en sistema: 15/09/2022

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: P.A.M., PROSECRETARIA DE CAMARA

    aquella a la cual tienen derecho todos los afiliados al ex Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) –actual Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)-, que tiene como finalidad brindar una prestación uniforme a quienes hayan alcanzado la edad y hayan efectuado aportes en toda o gran parte de su vida activa, con independencia de las remuneraciones o rentas percibidas en su período de actividad laboral y sin relación de proporcionalidad con ellos (CFSS, Sala II, “R., Ana del Valle c/ ANSeS s/ reajustes varios”, del 09/04/10). Se trata de un beneficio fundamental que no guarda correlación ni proporcionalidad con los aportes ingresados ni con la remuneración o renta imponible del empleado y, posee dos características esenciales como son la universalidad y la finalidad redistributiva. Es así

    que se reparten sumas idénticas a quienes han realizado aportes...

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