Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala in, 5 de Abril de 2010, expediente 4.700

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2010
EmisorSala in

Poder Judicial de la Nación nos Aires, 5 de abril de 2010.

AUTOS Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

Que tiene dicho esta Sala in re: “Dosisto, J.C. s/recurso de queja”, causa n° 4700, reg. n° 5804, rta. el 9 de abril de 2003, entre varias más, que no procede la suspensión del juicio a prueba cuando mediare oposición fiscal para su otorgamiento, doctrina que es coincidente con la sentada en el plenario de esta Cámara Nacional de Casación Penal in re: “Kosuta, T.R. s/recurso de casación”, resuelto con fecha 17 de agosto de 1999,

doctrina que no ha sido modificada por el fallo "A., A.E. s/infracción del art. 14 de la ley 23.737 -causa n°2805-, rta. el 23/4/08.

Asismimo, atento a que los motivos esbozados por el señor fiscal al oponerse a la concesión del beneficio impetrado se encuentran debidamente fundados superando el control de logicidad, y toda vez que la calificación del hecho por el cual se ha elevado la causa a juicio -art. 5 de la ley 23.737- obsta al dictado de una condena condicional...

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