Disposición - Simple N° 7369 - DGDYPC/2022, 22/12/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 7369/DGDYPC/22
Buenos Aires, 16 de noviembre de 2022
VISTO: El Expediente Electrónico N° 28307295-GCABA-DGDYPC-2021, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 y siguientes de la Ley N°
941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia de la Sra. De Urquiza, Isabel
Julia, DNI 14.728.329, contra Vera, Marin Luis Ramón, CUIT 20-11361543-6, por
presunta infracción al rito;
Que corrido traslado de las actuaciones al denunciado, con fecha 18/11/2021 se
promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en dicha oportunidad sin que
las partes arribasen a una amigable composición;
Que por informe IF-2022-04799675-GCABA-DGDYPC, el Registro Público de
Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que
Vera, Marin Luis Ramón, se encuentra inscripto bajo la matrícula N° 11147;
Que por providencia PV-2022-05261884-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación
por presunta infracción a los artículos, 9 incisos b), g) y h) y 12 de la Ley 941;
Que debidamente notificada la imputación a través de la Cédula N° 1564-DGDyPC-22,
el sumariado no presenta descargo;
Que no quedando diligencias pendientes, pasaron los autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó al administrador la presunta
infracción al artículo 9 incisos b), g) y h) de la Ley 941, cuyo texto reza: “Artículo 9º.-
Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: (...) b. Atender
a la conservación de las partes comunes y realizar las diligencias pertinentes para el
cumplimiento de la normativa vigente resguardando el mantenimiento edilicio e
infraestructura, instalaciones, sistema de protección contra incendio, higiene y
seguridad y control de plagas. Asimismo, proveer el cuidado del agua potable
conforme al ordenamiento vigente. (Conforme texto Art. 4º de la Ley Nº 5.983, BOCBA
N° 5415 del 17/07/2018) (...) g. Denunciar ante el Gobierno de la Ciudad, toda
situación antirreglamentaria y las obras ejecutadas en el edificio que administra sin el
respectivo permiso de obra o sin aviso de obra, según corresponda conforme las
normas vigentes. (...) h. Depositar los fondos del consorcio en una cuenta bancaria a
nombre del Consorcio de Propietarios. Para los consorcios que soliciten la apertura de
la cuenta en el Banco Ciudad de Buenos Aires, éste garantiza como opción la
gratuidad de dicha cuenta, la cual incluye el trámite de alta, mantenimiento mensual,
emisión de chequeras, transferencias bancarias y/o cualquier otro cargo que
corresponda a la ciudad.”;
Que se imputó la presunta infracción al inciso b), toda vez que no se habrían adoptado
las medidas tendientes a velar por la conservación de las partes comunes del
inmueble administrado. Para así entender, se tuvieron en cuenta los dichos de la
denunciante, las constancias fotográficas anexadas y el correo electrónico remitido el
17/07/2021, todo lo cual, darían cuenta de la falta de colocación de luces de
emergencia en los sectores comunes del edificio involucrado y rampa de acceso, así
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6524 - 22/12/2022

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