Disposición - Simple N° 6570 - DGDCIV/2023, 11/08/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 6570/DGDCIV/23
Buenos Aires, 9 de agosto de 2023
VISTO: La Ley Nº 5920 (texto consolidado por Ley Nº 6.588), los Decretos N° 482/17,
N° 51/18 y la Disposición Nº 2023-356-GCABA-DGDCIV y
CONSIDERANDO:
Que, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó el 7 de
diciembre de 2017 la Ley 5920 creando el Sistema de Autoprotección de aplicación
obligatoria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en su artículo 5° establece crear en el ámbito de la Autoridad de Aplicación el
“Registro de Profesionales para la elaboración y puesta a prueba de los Sistemas de
Autoprotección”, en el que se inscribirán los sujetos que elaboren y presenten ante la
Autoridad de Aplicación, dichos sistemas. La Autoridad de Aplicación establecerá por
vía reglamentaria las personas humanas o jurídicas que podrán inscribirse en el
Registro, como así también los requisitos que deberán cumplir para obtener dicha
inscripción;
Que, mediante el Decreto Reglamentario 51/18 (BOCBA) se designó autoridad de
aplicación a la Dirección General de Defensa Civil y en el artículo 3º estableció que la
autoridad de aplicación deberá implementar el “Registro de Profesionales para la
elaboración y puesta a prueba de los Sistemas de Autoprotección”;
Que, teniendo en cuenta lo estatuido en el ANEXO VI de la Disposición Nº 2023-356-
GCABA-DGDCIV 1. Del Registro inc e) se estableció que, para permanecer en el
Registro de Profesionales para la elaboración y puesta a prueba de los Sistemas de
Autoprotección, los profesionales deberán reinscribirse durante el mes de julio de cada
año, independientemente de la fecha de alta, la falta de reinscripción acarrea la baja
automática;
Que, teniendo en cuenta lo manifestado, se procede a dar de baja a todos los
profesionales que no han presentado la documental para la reinscripción y así poder
permanecer en el Registro de Profesionales.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA CIVIL
DISPONE
Artículo 1°: Procédase a dar de baja del "Registro de Profesionales para la elaboración
y puesta a prueba de los Sistemas de Autoprotección" a los profesionales que se
detallan en el ANEXO I, (IF-2023- 29863846-GCABA-DGDCIV) el cual forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2°: Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido archívese. Carita
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6682 - 11/08/2023

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR