Disposición - Simple N° 15 - DGRECI/2024, 11/03/2024

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N15/DGRECI/24
Buenos Aires, 18 de enero de 2024
VISTO: las Leyes Nros. 992, 1.854 (textos consolidados por Ley N° 6.588) y 6.684, los
Decretos Nros. 424/09, 150/21, 387/23, las Resoluciones Nros. 971-GCABA-
MAYEPGC/09, 452-GCABA-MEPHUGC/21, 212-GCABA-MEPHUGC/21, 708-GCABA-
MEPHUGC/21, 762-GCABA-MEPHUGC/22, las Disposiciones Nros. 68-GCABA-
DGOR/21 y 16-GCABA-DGOR/23, el Expediente Electrónico N° 2024-02963407-
GCABA-DGRECI, y
CONSIDERANDO:
Que, por el actuado citado en el Visto tramita la presentación efectuada por la
Cooperativa De Trabajo Recuperador Urbano El Trebol Ltda., CUIT N° 30-71009469-8,
por la cual se solicitó la actualización de los montos correspondiente al Programa
Integral de Inclusión Social (PISI);
Que, la Ley N° 992 (texto consolidado por Ley N° 6.588), declaro como Servicio
Público a los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, e
incorpora a los recuperadores de residuos reciclables al proceso de recolección
diferenciada en el servicio de higiene urbana vigente, como el cumplimiento de los
objetivos que menciona la norma indicada;
Que, dicha norma crea el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores
de Materiales Reciclables (RUR) y el Registro Permanente de Cooperativas y
Pequeñas y Medianas Empresas relacionadas con la actividad (REPyME);
Que, el artículo 6° de la mencionada Ley, ordena implementar programas de actuación
y capacitación destinados a todos los inscriptos en el RUR, con el objeto de proteger la
salud, la higiene y la seguridad laboral y promocionar una adecuada planificación de la
actividad, con miras a evitar que su desarrollo redunde en menoscabo de la limpieza
de la Ciudad;
Que, asimismo, la Ley N° 1.854 de Gestión integral de Residuos Sólidos Urbanos
(texto consolidado por Ley N° 6.588), estableció un conjunto de pautas, principios,
obligaciones y responsabilidades para la gestión integral de los residuos sólidos
urbanos que se generen en el ámbito territorial de la Ciudad;
Que, por su parte, mediante el Decreto N° 424-GCABA-AJG/09, se creó el Programa
para Entes dedicados a la Recuperación de Materiales Reciclables y Reutilizables en
el ámbito del entonces Ministerio de Ambiente y Espacio Público, destinado a otorgar
subsidios a los Recuperadores Urbanos inscriptos en el RUR y a las cooperativas que
se dediquen a la recuperación y al reciclado de productos y materiales dentro de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se encuentren inscriptas en el REPyME, a fin de
brindarles asistencia técnica y financiera para el adecuado cumplimiento de su
actividad principal delegando en el entonces Ministro de Ambiente y Espacio Público, o
el funcionario que aquel designe, el establecimiento de las condiciones que deberán
reunir los proyectos para los cuales se soliciten subsidios, así como de los requisitos
que los peticionarios deberán acreditar para la viabilidad formal de sus solicitudes;
Que, posteriormente, a través de la Resolución N° 971-GCABA-MAYEPGC/09,
reglamentaria del Decreto N° 424-GCABA-AJG/09, se aprobó el “Instructivo sobre las
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6831 - 11/03/2024

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR