Disposición - Simple N° 1181 - DGIUR/2023, 23/06/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 1181/DGIUR/23
Buenos Aires, 9 de junio de 2023
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el EX-2023-19408990-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de
localización del uso "1.4.4 Local de venta de productos alimenticios y/o bebidas
(excluido feria mercado supermercado y autoservicio)" en el predio sito en Av.
Costanera Doctor Tristán Achával Rodríguez N° 1390, (Sección: 098, Manzana: 063A,
Parcela: t001);
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
19813898/DGIUR/2023 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuna la intervención del Consejo de Plan Urbano Ambiental;
Que en relación, obra agregado el Dictamen (IF-2023-22240323-GCABA-CAPUAM)
mediante el cual este Consejo del Plan Urbano Ambiental “no presenta objeción a la
localización del uso: "Local de venta de productos alimenticios y/o bebidas (excluido
feria mercado supermercado y autoservicio) (IF2023-19813898-GCABA-DGIUR)" que
se encuadra en el rubro: “1.4.4. Local de venta de productos alimenticios y/o bebidas
(excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio)”, en la obra a desarrollarse en
la Avenida Costanera Doctor Tristán Achával Rodríguez N° 1390 (S:096; M:063A;
P:001t), Superficie total a habilitar: 283m2;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
22280699/DGIUR/2023 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso solicitado en el
Expediente de referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa
vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la
presente;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6646 - 23/06/2023

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