Disposición Nº 36/2012
Fecha de disposición | 30 Octubre 2012 |
Fecha de publicación | 05 Noviembre 2012 |
Sección | Disposiciones |
Bs. As., 30/10/2012
VISTO el Expediente Nº S04:0002387/2011 del registro de este Ministerio, el Decreto Nº 979 del 18 de junio de 2008, la Resolución M.J. y D.H. Nº 423 del 30 de marzo de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que en el citado expediente tramita el llamado a Licitación Pública Nacional para la contratación de la Obra: “REDISTRIBUCION INTERNA DE AGUA POTABLE Y RED CONTRA INCENDIO (U 12), VIEDMA, PROVINCIA DE RIO NEGRO”, con destino a la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
Que el valor estimado para dicha contratación asciende a la suma de PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DIECISIETE CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 7.479.017,96), calculado al mes de septiembre de 2012.
Que el Departamento de Presupuesto de la DIRECCION DE PROGRAMACION Y CONTROL PRESUPUESTARIO, certificó que se ha dado cumplimiento a las Resoluciones Números 358/92 y 11/93 de la Secretaría de Hacienda, en lo referente al artículo 1º apartado II, inciso e), informando que existe disponibilidad en el crédito y en la cuota de compromiso de la/s partida/s en la/s que se imputará el presente gasto.
Que a fojas 458 obra la constancia de publicación del pre-pliego, elaborado para la presente licitación, dando cumplimiento a lo resuelto en la Resolución M.J.S.yD.H. Nº 122 del 24 de enero de 2008 - PROGRAMA TRANSPARENCIA PARA LAS CONTRATACIONES.
Que por Decreto Nº 979/08 se delegó en este ministerio, las facultades y obligaciones determinadas en el artículo 2º de la Ley 13.064, relativas a determinadas obras inherentes al normal mantenimiento y readecuación de instalaciones de los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del Servicio Penitenciario Federal, cuyos montos no superen la suma de PESOS OCHO MILLONES ($ 8.000.000.-).
Que por Resolución M.J. y D.H. Nº 423/2011, el señor Ministro ha delegado en esta Subsecretaría, las facultades y obligaciones determinadas por dicha Ley para las construcciones, trabajos o servicios de las obras inherentes al normal mantenimiento y readecuación de instalaciones de los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del Servicio Penitenciario Federal mencionados en el Anexo II del Decreto Nº 979/08, cuyos montos no superen la suma de PESOS OCHO MILLONES ($ 8.000.000.-) como así también la adquisición de materiales, maquinarias, mobiliarios y elementos necesarios para la habilitación de las mismas.
Que en ese marco corresponde proceder...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba